IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD EXTRAMATRIMONIAL

 
La sala 3 de la Cámara Primera, de la Primera Circunscripción Judicial, dictó sentencia en una causa por Impugnación de paternidad, interpuesta por el Asesor de Menores; Dr. Juan Martín Pueyrredón; a solicitud de la madre del niño. La magistrada ante la que se tramitó el juicio; Dra. Ana Carolina Courtis; en función de los estudios genéticos adjuntados hizo lugar a la demanda, desvinculando al menor de la filiación paterna con el hombre que lo reconoció como hijo.  

EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA CONVOCA A CONCURSO PARA SECRETARIO EN CHILECITO

 
 
El Tribunal Superior de Justicia mediante Acuerdo Administrativo Nº 105/17, convoca a Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición para la cobertura de un cargo de SECRETARIO DE CÁMARA PRIMERA EN LO CIVIL, COMERCIAL, DE MINAS, CRIMINAL Y CORRECCIONAL (SECRETARIA “B”) de la Segunda Circunscripción Judicial, con sede de funciones en la ciudad de Chilecito.
 

POR FALTA DE PRUEBAS SE RECHAZÓ UNA DEMANDA EN CONTRA DE UNA RECONOCIDA EMPRESA DE TELEFONÍA CELULAR

 
El juicio por daño punitivo por presunto incumplimiento de contrato; lo tramitó una usuaria ante el Juzgado de Paz Letrado Nº 2 de esta capital. La jueza que entiende en la causa; Dra. Silvana Noelia Lara; rechazó el pedido al no aportar las pruebas suficientes que acrediten el daño cuyo resarcimiento pretendía la demandante. 
El hecho por el que se lo promovió la demanda; se originó cuando la mujer compró un equipo celular, pero a cuenta de un conocido que realizó la operación con su tarjeta de crédito. Por una desinteligencia entre la tarjeta y la empresa celular, esta última suspendió la línea telefónica de la usuaria. 
 

IMPUGNACIÓN CIUDADANA, CONCURSO Nº 103

 
El Consejo de la Magistratura de la Provincia de La Rioja dio a conocer la nómina de los aspirantes inscriptos para el concurso N° 103 para el cargo de Asesor Oficial de Menores e Incapaces de la Primera Circunscripción Judicial con sede en capital, a los fines de la presentación de impugnaciones, dando así cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 30 del Reglamento Interno.
Las impugnaciones podrán ser presentadas hasta el día lunes 14 de agosto de 2017, por cualquier persona, previa acreditación de su identidad y constituyendo domicilio especial en la ciudad Capital de La Rioja, indicando las observaciones que estime pertinente, las que deberán formalizarse por escrito, ante la Secretaría del Consejo de la Magistratura, en un plazo de tres (03) días, contados desde la publicación pertinente. En el mismo acto, deberá adjuntarse la documentación y/o medios de prueba que avale o fundamente la impugnación. Si se omitiera el cumplimiento de este último requisito, las observaciones no serán recibidas. Por cualquier consulta o mayores datos, deberán dirigirse a la Secretaría del Consejo de la Magistratura ubicada en calle Joaquín V. González 77 , Palacio de Justicia primer piso, en el horario de 08 a 13.00. 

DESPIDO INJUSTIFICADO POR DAÑOS PRODUCIDOS A ELEMENTOS DE TRABAJO

EL juez  laboral Carlos Fernando Castellanos, hizo lugar  a  demanda  al considerar injustificado el despido  por daños producidos a los elementos de trabajo,  la sentencia  fue confirmada por el Tribunal Superior de Justicia.

La demanda por despido injustificado fue  promovida en contra  de la fábrica de polietileno situada en el Parque Industrial, el despido lo constituye un accidente, cuando se precipita la tolva cuya responsabilidad se le imputa al actor, siendo  sus tareas  las de mantenimiento de la maquinaria,  no existiendo un manual de procedimientos, sino que se realizaba conforme lo que se consideraba la técnica apropiada en la oportunidad.

La tarea encargada implicaba desmontar el dosificador Piovan, comúnmente llamado TOLVA, elemento de 1,8 metros aproximadamente, por lo que se requiere la participación de un “auto elevador”, un empleado procura amarrar con cadenas la Tolva a la parrilla del auto elevador, no puede hacerlo, al estar un poco separado debido a que interfería el motor del dosificador y el actor procuraba sostener la estructura de la Tolva, que finalmente lo venció golpeándolo en la cabeza cayendo con la Tolva al piso. Puesto que la empresa nunca instaló en la fábrica lo que se denomina Puente Grúa que es con el que en realidad, debiera hacerse este tipo de trabajo de desmontaje y montaje de piezas grandes y pesadas en altura.

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