LA JUSTICIA SENTENCIÓ A 11 MESES DE PRISIÓN EFECTIVA POR LOS DELITOS DE HURTO Y DAÑOS.

 dr chamia en audiencia

La Sala Unipersonal De La Cámara Tercera En Lo Criminal y Correccional a cargo del Dr. Jorge Gamal Chamía, en modalidad de juicio abreviado por audiencia virtual; resolvió declarar como autor penalmente culpable y responsable a Miguel Ángel Díaz, Alias “Katuca”, por los delitos de Hurto y Daños -Dos Hechos-, en Concurso Real, en Flagrancia, artículos 162, 183 y 55 del Código Penal Argentino, artículos 321 y 322 del Código Procesal Penal de La Rioja y, artículos 13 a 15 de la Ley 8.661 y condenarlo a la pena de Prisión de Once (11) Meses de Cumplimiento Efectivo, en las instalaciones del Servicio Penitenciario Provincial hasta agotar la condena, sin derecho a libertad condicional, declarando al acusado reincidente por tercera vez.

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LA JUSTICIA RESOLVIÓ RE INSCRIBIR A UN MENOR CON EL APELLIDO MATERNO.

sala de audiencias chilecito

La Cámara Primera en lo Civil, Comercial, de Minas, Criminal y Correccional, Sala “C”, de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la Ciudad de Chilecito, a cargo de la Jueza, Dra. María Greta Decker, resolvió hacer lugar a una demanda de impugnación de reconocimiento, declarando que un menor no es hijo del solicitante y rectificar la partida de nacimiento en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas respectivo.

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LA JUSTICIA SENTENCIÓ A 5 AÑOS DE PRISIÓN POR EL DELITO DE ROBO CALIFICADO.

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La Sala Unipersonal De La Cámara Tercera En Lo Criminal y Correccional a cargo del Dr. Jorge Gamal Chamía, en modalidad de juicio abreviado por audiencia virtual; resolvió declarar como autor penalmente culpable y responsable a Franco Brizuela Silva, por el delito de Robo Calificado Por Las Lesiones Causadas En La Víctima y, condenarlo a la pena de Prisión De Cinco Años (5 años) de Cumplimiento Efectivo, en las instalaciones del Servicio Penitenciario Provincial, hasta agotar la condena, Artículo 166 inciso 1ero del Código Penal Argentino, y artículos 13 al 15 de la Ley 8.661.

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CHILECITO: DOS CIUDADANOS FUERON ENVIADOS AL S.P.P. POR EL DELITO DE EVASIÓN.

 

juzgado de instruccion chilecito

El Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional Nº 2, de la Segunda Circunscripción Judicial con sede en la Ciudad de Chilecito, a cargo de la Dra. Virginia Illanes Bordón, resolvió procesar a los ciudadanos Leandro M. R. y Pablo E. P., ambos por el delito de Evasión previsto y penado por el artículo 280 del Código Penal Argentino, y ordenando la Prisión Preventiva, en virtud de la detención que vienen cumpliendo los imputados, y disponiendo el inmediato traslado al Servicio Penitenciario Provincial, trabando embargo por la suma de $20.000 a cada uno según lo previsto en el Código Procesal Penal.

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LA JUSTICIA ORDENÓ EXTRADITAR A UN CIUDADANO HACIA LA PROVINCIA DE TUCUMÁN.

detenido de JVG

El Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional N° 3, de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en la Ciudad Capital de La Rioja y a cargo del Dr. Raúl Gustavo Farías y Secretaría a cargo del Dr. Fernando Bertolino, resolvió ordenar la Extradición de C.J.E., quien se encontraba residiendo en esta Ciudad Capital de La Rioja, al momento de su detención. Esta medida fue tomada en razón que la Sra. Jueza del Colegio de Jueces de la Provincia de Tucumán, Dra. María Carolina Ballesteros, resolvió ordenar la captura y detención del prenombrado con fecha 30 de marzo del corriente año, en virtud de estar acusado por la supuesta autoria del delito de Homicidio artículo 79 del Código Penal Argentino.Lo Novedosa de la medida es que el Juzgado de Instrucción riojano, tramitó dicho proceso a través de los medios electrónicos previstos, como notificacion electronica, mail oficial y firma digital.

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