El pedido fue interpuesto por una mujer sexagenaria, que ante la separación de su cónyuge quedó en estado de desamparo y desigualdad.
La jueza de la Cámara Primera, contempló la situación económica de la accionante, y la exclusión del hogar por parte del hasta entonces conviviente, quien si percibe un haber fijo mensual, por lo cual resolvió a favor de la demandante.
Según se narran los hechos; la unión convivencial se extendió por el lapso de 6 años, hasta que el demandado, le prohibiera el ingreso a la vivienda que compartían. La función compensatoria a la que se hace referencia; surge con el objeto de reequilibrar el empeoramiento que sufre una de las partes ante una separación o divorcio.
La jueza de la Cámara Primera consideró la voluntad clara y libremente manifestada por el adolescente y el vínculo con quien tomó a su cargo el cuidado, la atención y todos los gastos que su educación y desarrollo exigen.
La demanda de adopción por integración, con efecto de adopción simple, es solicitada por el padre de crianza a favor del hijo biológico de su esposa. En cuanto al relato de los hechos es que los padres del niño se habían separado cuando aquel era un bebé; que, en su oportunidad, se había acordado que el padre biológico realizaría el aporte de una cuota alimentaria y se dispuso, además, la manera en que mantendría contacto con el menor; el padre nunca cumplió con la obligación que estaba a su cargo, y no continuó manteniendo contacto con su hijo. El demandante formo pareja con la madre, tuvo otros 3 hijos y contrajo matrimonio con ella, luego de 14 años de convivencia, en ese contexto vivió con el niño desde que tenía 3 años de edad, considerándolo un hijo, siendo el menor quien le solicitó que iniciaran los trámites legales para la adopción.
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La obra social demandada suministró la primera dosis de la medicación prescripta por el médico de la entidad, pero luego interrumpió la prestación.
En tal sentido la jueza que entiende en la causa; Dra. Paola María Petrillo de Torcivía; dispuso hacer lugar a la acción de amparo interpuesta por el afiliado y ordenó a la prestadora médica, la restitución inmediata del medicamento; por el tiempo que dure el tratamiento. En tanto que si el sujeto debió abonar con su dinero para continuar con la medicación, la obra social deberá reintegrar los montos desembolsados, en proporción a la cobertura.
Demanda por cumplimiento de contrato de seguro de vida, en muerte por accidente vial.
Por decisión de la Cámara Primera; una empresa aseguradora del medio debió abonar una suma de dinero a favor de los beneficiarios de un seguro de vida; en concepto de Daño Punitivo, según las cláusulas del seguro contratado por la víctima del siniestro y su esposa. Al mismo tiempo el órgano colegiado rechazó el planteo de la empresa demandada.
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Jueces, Fiscales y Secretarios de la Función Judicial de la Provincia, se entrevistaron con los internos del Servicio Penitenciario Provincial, en la primera visita del año.
A partir de las 8 horas del jueves 11 de mayo, el Presidente del Tribunal Superior de Justicia, Dr. Claudio Ana, los Vocales, Dr. Luis Brizuela y Dr. Mario Emilio Pagotto; la Defensora General, Dra. Azucena Sanchez; el Fiscal General, Dr. Hugo Montivero ; Jueces de la Cámara Penal y de Instrucción de Capital e Interior dialogaron con numerosos presidiarios que tienen causas pendientes en las dependencias judiciales para ponerlos al tanto del estado de las mismas. Estuvo presente el Secretario de Derechos Humanos de La Rioja, Délfor Brizuela.
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