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Información del Cuerpo Asesor Técnico Interdisciplinario Único

 

La razón de ser de su existencia, es el aporte multidisciplinario e interdisciplinario, que brinde un marco completo desde la perspectiva holística de una situación; Ello permite al juzgador una lectura de los diferentes elementos del problema a resolver y del trabajo en red.
La ley N° 5.474, estableció la creación del entonces CAT, transformándose posteriormente mediante norma N° 9.357, que diera lugar a la creación de las salas unipersonales de las cámaras civiles, el CATI; Ampliando el ámbito de sus competencias a todas las circunscripciones judiciales de la provincia.
Mediante acuerdo N° 698, se procede a reestructurar, reglamentar y jerarquizar el equipo técnico Interdisciplinario Único del Superior Tribunal de Justicia (CATIU).

El CATIU tiene por función principal, brindar a los jueces que requieran su intervención la información adecuada para la formación de su convencimiento en temas que exceden a la ciencia jurídica. Ello mediante el aporte de diagnósticos individuales, vinculares y familiares, destinados a conocer el problema en profundidad, aplicando las diferentes técnicas específicas de cada área.

Son funciones generales del CATIU: 
a)    Resguardar y reafirmar la interdiciplina como paradigma de la comprensión integral de las distintas problemáticas.
b)    Profundizar las particularidades de cada caso, evitando la protocolización y estandarización de intervenciones.
c)    Capacitación permanente como recurso necesario para la intervención en la diversas problemáticas atinentes a la familia, a la vulnerabilidad social y a la violencia de género.
d)    Readecuar la tarea encomendada en función de los cambios sucedidos en la normativa jurídica.
e)    Desarrollar estrategias adecuadas a fin de evitar la cronificacion del conflicto y la re victimización. Propiciar el abordaje integral de las situaciones sometidas a la justicia a través del trabajo colaborativo interinstitucional.
f)    Dar cumplimiento efectivo las instrucciones brindadas por el secretario y/o jefes de Departamentos.

Funciones específicas:
a)    Realizar la evaluación, los informes y sugerencias de abordajes en el tiempo y forma requerido.
b)    Concurrir a las audiencias y audiencias privadas que le sean requeridas.
c)    Prestas contención emocional casos de urgencia de los procesos que se intervengan.
d)    Evaluar la pertinencia de una intervención o posibilidad de conciliación entre las partes.
e)    Realizar los controles pertinentes, en los casos de presunto riesgo.
f)    Articular con profesionales de otros organismos públicos o privados que se encuentren interviniendo en la misma situación fáctica.

Son funciones específicas de los integrantes del CATIU que reciban requerimientos de los Juzgados de Violencia de Género y Protección Integral de Menores de acuerdo a su especialidad:
a)    Evaluación psicológica para determinar el riesgo o daño ocasionado por la situación de violencia.
b)    Definición de criterios para la adopción de medidas de protección integral en relación a la víctima.
c)    Evaluación psicológica del índice de peligrosidad o riesgo para sí mismo y/o terceros en el delito de violencia de género.
d)    Elaboración de informes preliminares y de evaluación psicológica en tiempo y forma.
e)    Realización de pericias psiquiátricas y psicológicas.
f)    Evaluación del estado mental de los involucrados en las causas judiciales.
g)    Abordaje social integral que comprende las técnicas de entrevista a domicilio o institución. Realización de evaluaciones e informes socio ambientales y económicos, con el objeto de identificar los factores de riesgo y circunstancias de los distintos actores que componen la trama familiar y vincular que determina la existencia del delito.
h)    Respecto a delitos penales: atención psicológica de niños, niñas y adolescentes con el objeto de evaluar su situación actual. 
i)    Informes preliminares y evaluación de medidas de protección integral.
j)    Entrevistas preliminares y declaración testimonial en cámara gesell.
k)    Intervención social dirigida a la evaluación del contexto socio familiar, institucional y vincular afectivo de los mismos.

Son funciones específicas de los integrantes del CATIU que reciban requerimientos de los juzgados de familia:
a)    Asistir y acompañar al NNyA (Niños, Niñas y adolescentes), en el proceso de re vinculación.
b)    Asistir y orientar a los progenitores hacia el ejercicio responsable de la coparentalidad.
c)    Diagnóstico de la situación familiar.
d)    Generar un espacio alejado de la problemática familiar para los NNyA.
e)    Encuentros con acompañamiento en sede judicial, régimen comunicacional retiros - reintegros

DEPENDENCIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA.
 
SECRETARIO DEL CATIU: Lic. Julio Emilio, RODRIGUEZ

4 Jefaturas de Departamento: 
Tres de las cuales se encuentran conformadas por: Área psicológica, Área Social, Área psicopedagógica.

La jefatura Jurídico – administrativo: se encuentra conformada por el Área Administrativa.

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Avenida Além N° 330  google-pin-map-100px

 

 

 

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