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Tras el rechazo del Recurso de Casación, quedó firme la sentencia emitida por la Cámara Segunda en lo Civil, Comercial, de Minas, Criminal y Correccional, Sala “A”, de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de Chilecito, a cargo de la Dra. Claudia Rosa Zarate, en la cual se declaró a J.M.F.O. autor responsable del delito de Injurias, previsto y penado por el artículo 110 del Código Penal Argentino, cometido en contra de P.E.F., y se lo condenó a cumplir con el pago de una multa de veinte mil pesos ($20.000).
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La sala unipersonal de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial con sede en la Capital, a cargo de la Jueza Dra. Karina Daniela Cabral, resolvió declarar autor penalmente culpable y responsable a Carlos G. C. del delito de “Robo en Flagrancia”, según artículos 164 del Código Penal, 321 y 322 del CPPLR y, 13 a 15 de la ley 8.661; y condenarlo a la pena de prisión de dos años de cumplimiento efectivo, en las instalaciones del Servicio Penitenciario Provincial hasta agotar la condena, sin derecho a libertad condicional.
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