LA JUSTICIA ESCUCHÓ LOS ALEGATOS EN JUICIO POR INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE ASISTENCIA FAMILIAR

La Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción, con sede en la ciudad de La Rioja, avanzó en la etapa de alegatos del juicio unipersonal presidido por el Dr. Gustavo Díaz por Incumplimiento de los Deberes de Asistencia Familiar, proceso que tiene como imputado al ciudadano Adrián G., y que se tramita con base en los antecedentes vinculados al derecho alimentario de su hija.
La jornada inició con el alegato del Ministerio Público Fiscal. El fiscal sostuvo que la víctima requiere, como mínimo, la cobertura de sus necesidades esenciales y recordó que el propio imputado reconoció que la joven no contaba con obra social, limitándose a asistirla únicamente “ante una emergencia”. Señaló además que está acreditada la paternidad y que el acusado, según la acusación, contaba con recursos económicos suficientes debido a su actividad profesional.
El representante fiscal enfatizó que la joven debió trasladarse desde la provincia de Córdoba para tener contacto con su padre, lo que, según expresó, evidencia un abandono prolongado. En este marco, solicitó una pena de 2 años de prisión en suspenso, conforme lo establecido en el artículo 1 de la Ley 13.944.
Luego, la parte querellante afirmó que el imputado habría cumplido con sus obligaciones “según su voluntad” y sostuvo que nunca mostró un interés sostenido por su hija. Indicó que existió un patrón de desentendimiento desde el nacimiento hasta la actualidad y remarcó que esto afectó emocional a la joven. En consecuencia, solicitó una compensación por el abandono y los daños derivados.
Por su parte, la defensa argumentó que el origen del conflicto no radica en un incumplimiento alimentario, sino en la pérdida de la obra social. Sostuvo que el imputado incrementó sus aportes de manera espontánea, incluso cuando la hija ya era mayor de edad, y que dichos pagos se encuentran respaldados por registros bancarios. Agregó que, en situaciones excepcionales, el acusado realizaba compras directas de bienes esenciales para su hija.
Conforme a lo plasmado en la causa, la situación procesal se vincula con el retiro de la cobertura de obra social OSDE, plan 210, otorgada como parte de la cuota alimentaria establecida en acuerdos previos y confirmada judicialmente. La baja de la afiliación, producida el 31 de octubre de 2018, constituye uno de los puntos centrales del análisis del tribunal.
La audiencia pasó a cuarto intermedio, y el tribunal dará a conocer su resolución conforme a los plazos procesales establecidos.

















