LA JUSTICIA HIZO LUGAR A LA DIVISIÓN DE UN INMUEBLE HIPOTECADO, PARA SU POSTERIOR VENTA
La Sala N°1 de la Cámara Primera en lo Civil, Comercial y de Minas, Secretaria "B", de la Primera Circunscripción Judicial a cargo de la Jueza Dra. Paola María Petrillo de Torcivia, hizo lugar a la división de un inmueble, que se encontraba hipotecado para su posterior venta.
El hecho surge ante el pedido de una señora, en contra de su ex pareja, quien solicitó la división de un inmueble, el cual se encuentra hipotecado. La denunciante requiere la cancelación de la deuda hipotecaria que fue contraída para una construcción en la vivienda y reparación entre otras modificaciones. La señora relato que fruto de dicha relación, nació su hijo y que la convivencia con su ex pareja, termino en el año 2017, donde el denunciado se retiro de la vivienda para luego volver y forzar en varias oportunidades, la cerradura donde ingresaba al interior de la casa. Este hecho hizo que, fuera denunciado penalmente y desalojado.
La denunciante relata que se le otorgo una constancia, que fue entregada por su ex pareja donde surgía con claridad que era copropietaria del inmueble, ante un compromiso de entregarle la escritura pública.
La ex pareja de la denunciante negó todo hecho expresado por ella, dejando en claro que, el crédito hipotecario había sido gestionado por él, para construir su casa.
La magistrada tomando el relato de ambas partes, el testimonio de la testigo y con la documentación presentada, donde surge el contradocumento otorgado a favor de la denunciante, el cual se encuentra plasmado en una Escritura Pública, resultando decisivo como prueba del reconocimiento efectuado por el propio demandado. Asimismo, hay evidencia de la existencia de aportes económico de ambos, para la adquisición del inmueble y que existió una unión convivencial de la pareja no inscripta.
Ante ello, se resuelve; hacer lugar al reclamo por la división de condominio, se solicitó un informe a la Administración Provincial de Vivienda y Urbanismo para saber el estado del crédito hipotecario otorgado y cantidad de cuotas adeudadas, con sus respectivos montos.
En la misma medida, la Magistrada ordenó conocer si es posible vender el inmueble hipotecado, caso contrario saber las condiciones para proceder a la venta. De ser factible la venta, proceder a la cancelación anticipada del crédito y al levantamiento de la hipoteca.
Para finalizar, ordenar el pago de los costos del proceso judicial en un (80%) a cargo del denunciado y un 20% restante, a la parte denunciante.