FINALIZÓ JUICIO POR DOS HECHOS DE ABUSO SEXUAL SIMPLE AGRAVADO POR EL VÍNCULO
El Tribunal de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial, presidido por la Dra. Karina Cabral e integrado por los vocales Dres. Gustavo Farías y Rodolfo Ramón Ortiz Juárez, realizó la última audiencia del juicio en contra de Luis N. B., acusado de “Abuso sexual simple agravado por el vínculo –dos hechos- en concurso real” en perjuicio de sus dos hijas menores de edad.
Al iniciar el debate, que se desarrolló este lunes en la sala de la Asociación de Magistrados, se realizó la incorporación de la prueba documental y a continuación, el Tribunal abrió la etapa de alegatos.
En primer lugar, el asesor de Niños, Niñas y Adolescentes, Dr. Pablo Cubillo, basó sus alegatos en la declaración de las menores en Cámara Gesell, la cual calificó como sostenida, contundente y libre de influencias. Sostuvo que dichos testimonios son prueba suficiente para quebrar el principio de inocencia del imputado.
En sintonía, la abogada querellante, Dra. Mónica Vidable, indicó que mediante su relato, las menores dan cuenta de las circunstancias de tiempo, modo y lugar, y sugirió al Tribunal, tener en consideración, al momento de deliberar, las edades que tenían las menores víctimas cuando declararon.
En su turno, el Fiscal, Dr. José Oliveros Icazatti, consideró que durante el juicio, se incorporaron elementos probatorios suficientes para acreditar la materialidad y autoría de los hechos. Al respecto, dijo que los certificados de nacimiento de las niñas, prueban el vínculo entre ellas y el acusado, con lo cual se comprueba el agravante.
Por otro lado, hizo alusión a jurisprudencia internacional que pone en valor la declaración de las y los menores víctimas de abuso sexual; y a jurisprudencia local sobre casos similares, donde se otorgan penas condenatorias.
Tras su exposición, solicitó que se condene al imputado a 12 años de prisión de cumplimiento efectivo y se declare al hecho como violencia contra la mujer.
Por último, el abogado defensor, Dr. Fernando Brizuela, recalcó que es la segunda vez que se realiza este debate. En ese sentido, se refirió a las situaciones que tuvieron lugar en el primer juicio y a los fundamentos esgrimidos por el Tribunal colegiado de aquel entonces, para declarar la nulidad de la requisitoria fiscal en esa oportunidad. Al respecto, opinó que los “defectos” señalados en la requisitoria, continúan vigentes en la actualidad, por lo que pidió que además de declararla nula nuevamente, se absuelva a su cliente.
Finalmente, el imputado hizo uso de la palabra y aseguró que las niñas fueron influenciadas para decir lo que expresaron en Cámara Gesell. Además, pidió que “esto se termine” para poder recuperar el contacto con sus hijas.
Luis N. B. está acusado de hechos que habrían sido cometidos en perjuicio de sus dos hijas de 5 y 2 años de edad, en oportunidad en que las niñas concurrían a su domicilio, en cumplimiento del régimen de visitas establecido desde el 2011. En ese marco, el acusado habría sometido a las menores a actos de connotación sexual que consistieron en efectuar tocamientos sobre los genitales de sus hijas. Dichos hechos habrían sido cometidos hasta el 2014, año en el que la madre de las niñas tomó conocimiento de los mismos y realizó la denuncia correspondiente.