JOVEN FUE CONDENADO A PRISIÓN CONDICIONAL POR HECHOS DE ROBO Y HURTO

DRA SARA LOPEZ D

La jueza Dra. Sara Alicia López Douglas, en la sala unipersonal de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial, resolvió revocar la Suspensión del Juicio a Prueba otorgada a Juan Martín Oliva y hacer lugar a un acuerdo de Juicio Abreviado, por medio del cual lo condenó a la pena de dos años de prisión de cumplimiento condicional tras hallarlo culpable de los delitos de “Robo en flagrancia, Hurto en Flagrancia (dos hechos) y Robo, todos en Concurso Real”.

En consecuencia, el condenado deberá cumplir por el término de tres años las siguientes reglas de conducta: 1) Fijar domicilio procesal, a los fines de lograr su comparendo cuando se requiera, debiendo comunicar a la autoridad judicial cualquier cambio del mismo; 2) Someterse al Juzgado de Ejecución Penal y al cuidado del Patronato de Liberados, al que deberá concurrir del 1 al 10 de cada mes; 3) Abstenerse de cometer nuevos hechos delictivos; 4) Abstenerse de acercarse a los domicilios donde se cometieron los hechos; 5) Realizar trabajos no remunerados a favor del Estado o de instituciones de bien público, en el lugar que determine la Jueza de Ejecución Penal, durante cuatro horas semanales.

Detalle de los hechos:

El primero se consumó el 08 de noviembre del 2.017, a horas 19:15 aproximadamente, cuando Oliva de 22 años de edad junto a otro hombre, forzaron el portón de ingreso y ventana de una vivienda ubicada en Bº 12 de Junio, y desde el interior sustrajeron una mochila que contenía un monitor de 19 pulgadas marca Samsung, una notebook, un par de botines marca Nike y una base para balón de rugby. Sin embargo, al momento de darse a la fuga fueron sorprendidos por un funcionario Policial de la Brigada Motorizada, el cual inició una persecución, logrando aprehender al condenado cerca del lugar.

El segundo delito fue perpetrado el 03 de abril de 2.021, cerca de las 23:30, oportunidad en la que el condenado entró a un departamento situado en barrio Santa Celia y se apoderó de una (1) computadora netbook marca Lenovo que se encontraba en la cocina. En ese momento, el damnificado lo vio y comenzó a perseguirlo, logrando demorarlo con la ayuda de un vecino a 20 metros de su propiedad.

El tercer hecho tuvo lugar el 14 de noviembre de 2.021, alrededor de las 18:00, cuando Oliva se acercó a un puesto de venta de pan ubicado en la vereda de una vivienda situada en barrio Evita, y sin mediar palabras, le arrebató el celular a la vendedora y huyó corriendo. Tras una breve persecución, la víctima junto a un vecino lo demoraron hasta la llegada del personal policial.

El último delito ocurrió el 03 de diciembre de 2021, en horas de la tarde en una vivienda del barrio Ferroviario. En dicha ocasión, Oliva rompió la puerta, ingresó y se apoderó de un (1) TV Led 50' de color negro, marca Samsung, un (1) casco protector marca H5 para niños color rosado, una (1) plancha marca Philips color blanca, un (1) cubrecama de dos plazas color celeste con amarillo, una (1) sábana de dos plazas color azul con blanco, una (1) mochila de color verde con detalles color marrón (camuflada).

Cabe mencionar que, los delitos perpetrados están previstos y penados en los siguientes artículos: Robo en flagrancia (Art. 164 del CP y Arts. 321 y 322 del CPP), Hurto en Flagrancia (Art. 162 del CP y Arts. 322 y 324 del CPP) y Robo (Art. 164 del CP).

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