FINALIZÓ JUICIO POR ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL

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Este viernes, el Tribunal de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial, presidido por la jueza Dra. Sara Alicia López Douglas e integrado por los vocales jueces Dres. Jorge G. A. Chamía y Gustavo Farías, realizaron la última audiencia del juicio en contra de Rubén A. M. acusado del delito de “Abuso sexual con acceso carnal”, previsto y penado en el artículo 119, tercer párrafo, del Código Penal Argentino.

El debate se desarrolló en la sala de audiencias de la Cámara Tercera. Allí, se tomó declaración a la última testigo del juicio y posteriormente se pasó a la incorporación de prueba documental.

A continuación, se dio inicio a la etapa de alegatos, tomando la palabra en primer lugar, la abogada querellante Dra. Andrea Flores, quien indicó que durante el juicio, quedaron acreditadas, por medio de los testimonios de la víctima y de los funcionarios policiales que actuaron en el caso, las circunstancias de tiempo, lugar y modo en el que se perpetraron los hechos y la intención del acusado de someter a la víctima en contra de su voluntad.

Además, dijo que la existencia del abuso con acceso carnal quedó demostrada a raíz de las pericias químicas de los elementos secuestrados, las pruebas de ADN y los resultados de los hisopados realizados a la víctima.

Por último, la letrada solicitó al Tribunal que considere que el delito sea agravado por el grave daño causado a la salud física y psicológica de la víctima.

En su turno, el Fiscal Dr. Rafael López, describió la cronología de los hechos, el lugar donde se cometió y el modo en el que se desenvolvió el imputado. Luego, advirtió contradicciones en el testimonio del acusado, como así también en el de la pareja de la víctima.

Posteriormente, argumentó que los informes y las declaraciones testimoniales de la médica que atendió a la víctima, de la bioquímica y de la psicóloga, coinciden con el relato de la joven. También recalcó que las dos pericias psiquiátricas realizadas al imputado, concuerdan en que el mismo posee rasgos neuróticos, narcisistas, egocéntricos; que tiene tendencia a comportamientos transgresores y una conducta impulsiva, lo que hace posible que haya cometido el hecho.

En este sentido, el representante del Ministerio Público Fiscal solicitó la pena de 12 años de prisión de cumplimiento efectivo para el condenado y que se encuadre el hecho como violencia contra la mujer.

Por su parte, el defensor Dr. Augusto Nicolás Pérez alegó que no hubo señales físicas de falta de consentimiento en la víctima y que, si la misma hubiera tenido la intención de defenderse “tenía todos los elementos para hacerlo”.

Asimismo, aseguró que su cliente mantenía una relación no formal con la víctima hacía tres meses y que, según surgió del testimonio del acusado, el acto sexual fue consentido. Por tal motivo consideró que la víctima “faltó a la verdad en su declaración” y que las pericias psicológicas no arrojan certezas sobre los hechos, sólo aportan indicadores, lo cual no alcanza para condenar a su defendido.

En ese marco, el Defensor citó jurisprudencia local y pidió la absolución del imputado.

Finalmente, la Presidenta del Tribunal le otorgó la palabra al acusado, quien aceptó declarar, momento en el cual manifestó su inocencia, remarcó que no tiene antecedentes penales y solicitó que lo absuelvan.

El hecho del que se lo acusa, tuvo lugar el 3 de junio de 2019 en horas de la siesta, en el domicilio de la víctima (una joven de 22 años), ubicado en el departamento Sanagasta. Allí, el acusado, cuñado de la joven, habría ingresado a la habitación donde ésta se encontraba, la habría sujetado con violencia para luego besarla y accederla carnalmente.

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