FINALIZARON LOS ALEGATOS EN CASO POR INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE ASISTENCIA FAMILIAR E INSOLVENCIA ALIMENTARIA FRAUDULENTA

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La jueza Dra. Sara Alicia López Douglas, en la sala unipersonal de la Cámara Tercera de la Primera Circunscripción Judicial, concretó la última audiencia del juicio en contra de Osvaldo E. P., acusado “Incumplimiento de los Deberes de Asistencia Familiar e Insolvencia Alimentaria Fraudulenta”, contemplados en los artículos 1 y 2 bis de la ley 13.944.

La jornada tuvo lugar este martes en la sala de audiencias de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional. Allí, cada parte interviniente efectuó sus alegatos, iniciando por la Dra. Laura Rivero, representante del ministerio Público Pupilar, la cual recalcó la violación a los derechos de los niños en la que incurrió el imputado, al no ocuparse de su asistencia alimentaria tras la separación convivencial con la progenitora de los mismos. En ese sentido, subrayó la actitud “indolente” del acusado, al no manifestar preocupación por satisfacer las necesidades de sus cinco hijos e hijas.

Por otro lado, la defensora de Niños, Niñas y Adolescentes, solicitó al Tribunal, disponer una intervención por parte del Cuerpo Asesor Técnico Interdisciplinario de la Función Judicial, tendiente a realizar una evaluación de la situación psicológica de las niñas y niños víctimas.

A continuación, la Querella, representada por las Dras. Ana Astorga y Valeria Moya, realizó un repaso por el contexto y circunstancias en las que se dieron los hechos, remarcando las diferentes oportunidades en las que el imputado otorgó sumas incompletas en relación a la manda judicial que establecía el 40% de sus haberes como cuota alimentaria. Asimismo, aseguró que, durante el proceso, quedó probado que el acusado tuvo una conducta omisiva de sustracción para pagar los alimentos y perpetró maniobras de ocultamiento de los ingresos, a fin de reducir su patrimonio y por ende, el concepto de cuota alimentaria.

Además, las abogadas querellantes, señalaron que ese incumplimiento de los deberes de asistencia familiar, se dio en un ámbito de violencia económica hacia sus hijos e hijas y hacia la progenitora de los mismos. Por tales motivos, solicitaron que se condene al imputado y se les dé continuidad a las medidas de protección a favor de las y los menores víctimas.

En su turno, el Fiscal Dr. José Oliveros Icazatti, profundizó en la idea acerca de que se trató de una omisión voluntaria y consciente, la cual fue debidamente probada, como así también, el ocultamiento que realizó el imputado de sus ingresos. También, expuso las contradicciones que surgieron de la declaración indagatoria del acusado.

Finalmente, solicitó que, habiéndose comprobado la materialidad y autoría de los hechos, se condene a Osvaldo E. P. a la pena de cuatro años y diez meses de cumplimiento efectivo, en razón de la vulnerabilidad de las víctimas menores de edad, su falta de arrepentimiento, la ausencia moral respecto al contacto con sus hijos e hijas y la conducta desplegada durante el proceso judicial; pidiendo además, que se mantenga la restricción de libertad, a raíz del riesgo de fuga.

Por su parte, el abogado defensor, Dr. Alejandro Roqué, basó sus alegatos en el hecho de que su cliente padece una adicción a sustancias prohibidas, y durante los últimos dos años atravesó un tratamiento de rehabilitación, lo cual le impidió trabajar y por ende, pagar la cuota alimentaria dispuesta por la Justicia. Aparte, adujo que su defendido tuvo un mal asesoramiento legal antes de su patrocinio, ya que no se presentaron pruebas en el caso.

Por otro lado, el letrado indicó que la obligación del pago de la cuota recae sobre la empresa para la que trabajaba su cliente y no sobre éste. También, mencionó que no existe un proceso judicial que determine que el ejerció la violencia de la que se lo acusa y apuntó contra la denunciante y progenitora de las y los cinco menores víctimas, manifestando que es una “despechada que lo quiere ver preso”.

Por último, pidió que a la hora de deliberar, la Magistrada tenga en cuenta el estado de salud del acusado, valore su deseo de hacerse cargo del pago de los alimentos y su falta de antecedentes penales. Asimismo, solicitó su inmediata excarcelación.

Al culminar la etapa de alegatos, la Jueza le dio la palabra al imputado, quien expresó que quiere recuperar su libertad, su trabajo y a sus hijos. Posteriormente, resolvió otorgarle la libertad, entendiendo que su detención fue por “incomparecencia injustificada” y el juicio ya ha finalizado.

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