JUICIO ABREVIADO VIRTUAL: 11 MESES DE PRISIÓN POR ROBO EN FLAGRANCIA.
La Sala Unipersonal De La Cámara Tercera En Lo Criminal y Correccional a cargo del Dr. Jorge Gamal Chamía, en Feria Judicial Extraordinaria, en modalidad de juicio abreviado por audiencia virtual; resolvió declarar autor penalmente culpable y responsable del delito de Robo en Flagrancia a Maximiliano Cortez según se encuentra prescripto en los artículos 164 del Código Penal y 321 y 322 del Código Procesal Penal de La Rioja, artículos 13 a 15 de la Ley 8.661 y condenarlo a la pena de Prisión 11 meses de Cumplimiento Efectivo, en las instalaciones del Servicio Penitenciario Provincial.
El hecho por el cual el acusado fue condenado, ocurrió el 20 de Julio de 2.019 a horas 15:45 aproximadamente, cuando dos personas de sexo masculino uno de ellos identificado como Maximiliano Cortez de 22 años de edad, quienes se movilizaban en una motocicleta marca Appia 110cc de color negro sin dominio, detuvieron la marcha en una calle del barrio Hospital, lugar donde una menor de 16 años de edad aguardaba en la parada de colectivos, cuando es violentamente sorprendida por estas personas quienes la despojan de un tirón de un teléfono celular, para luego intentar darse a la fuga en la motocicleta. Ante esto la joven comienza a gritar pidiendo ayuda, acudiendo inmediatamente varios vecinos de la zona, quienes logran intervenir y demorar al acusado, quien se fugaba a pie del lugar con el teléfono celular de la víctima, mientras que su cómplice logro huir del lugar sin ser identificado.
El juicio abreviado se llevó a cabo en Audiencia Virtual (Según Acordada 40/2020 TSJ), y en simultáneo se encontraban conectados, el juez de Cámara Dr. Jorge Gamal Chamía, la Secretaria Dra. Florencia Fernández Valdez, en representación del Ministerio Publico Fiscal, la fiscal Dra. Nadia Schargrodsky, el Abogado Daniel Moreno a cargo de la Defensa Técnica del acusado y el imputado Maximiliano Cortez desde el Servicio Penitenciario Provincial.
Por último, el Magistrado ordenó el decomiso a favor del Estado Provincial de la motocicleta, marca Appia, de color Negra, sin dominio, Motor Nº 152FMHA0909024, la que será puesta a disposición de la Subsecretaría De Jóvenes Emprendedores del Gobierno De La Provincia De La Rioja, para uso oficial de sus funciones. Todo reclamo o litigio, naturaleza o propiedad de los bienes se realizará a través de una acción administrativa o civil de restitución artículo 23 del Código Penal y artículos 561 y 562 del Código Procesal Penal de La Rioja.