Caso Evelyn Sotomayor: RECHAZARON RECURSO POR FALTA DE FUNDAMENTACIÓN
El Juzgado de instrucción en lo Criminal y Correccional Nº1 a cargo de la Dra. Cristina Romero, informó que rechazó el Recurso de Reposición con Apelación en subsidio, presentado la última semana de febrero, puesto que existía un incumplimiento de lo estipulado en el Código Penal Procesal. En este sentido se le indico al abogado querellante que la sola mención de interponer un recurso de apelación no es una presentación valida ni suficiente, sino que debe explicar contra que acto la dirige, cual es agravio, o su fundamentación.
El jueves 6 de junio de 2019 el vehículo en el que se trasladaban unos jóvenes se despista frente al Parque de la Ciudad. Evelyn Sotomayor ocupaba ese vehículo como acompañante. Días después Evelyn fallece en el hospital Vera Barros, donde estaba internada, por las graves heridas que la llevaron a luchar por su vida por más de un mes.
El vehículo, un Chevrolet Astra en el que la víctima se trasladaba era conducido por Arruga Josué de 25 años. El auto transitaba sentido cardinal noroeste-sureste sobre Circunvalación y llegando a intersección con Las Palmeras, se desvía de la calzada chocando contra un árbol y vuelca, quedando sobre su parte superior.
Como resultado del vuelco, Arruda presentaba traumatismo de cráneo, traumatismo en miembro superior derecho y múltiples escoriaciones, Salicas sufrió traumatismo de cráneo con herida cortante, traumatismo en miembro inferior izquierdo y múltiples escoriaciones y la menor de edad presentaba traumatismo de cráneo con herida cortante, traumatismo en miembro superior izquierdo y múltiples escoriaciones.
Presentación de la querella
En torno a este hecho se iniciaron las instancias procesales, imputando a Arruda como presunto autor de Homicidio Culposo y posteriormente Lesiones Culposas. Frente a diferentes situaciones y por la interposición de recursos presentados la última semana de febrero por parte de la querella, el Juzgado de Instrucción N°1, quien entiende en la causa, emitió una resolución el día 02 de marzo del corriente año; y entendiendo sobre notificaciones mal diligenciadas, el avance de la causa, y teniendo en cuenta que ya fue indagado el imputado por el HOMICIDIO CULPOSO, tras las comparecencias de Arruda al proceso, una durante la feria judicial y la otra para la ampliación de indagatoria por las lesiones culposas, y tras su manifestación de ponerse a disposición ante la justicia, surge que la medida solicitada por el abogado Gómez carece de razonabilidad por cuanto no se observa en el imputado, el peligro de eludir el accionar de la justicia, teniendo en cuenta además, que la finalidad de dicha orden era presentarse para dar continuidad al proceso.
Es importante destacar que el pedido de detención de una persona requiere una justificación racional basada en pruebas concretas y objetivas sobre el peligro a que interfiera el proceso judicial, de lo contrario la misma se tornaría arbitraria e ilegítima.
En relación al Recurso de Apelación en Subsidio se observó, por parte de la magistrada a cargo, que en el escrito presentado por el abogado de la Querella existía un incumplimiento de lo estipulado en el Código Penal Procesal. En este sentido se le indico al abogado que la sola mención de interponer un recurso de apelación no es una presentación valida ni suficiente, sino que debe explicar contra que acto la dirige, cual es agravio, o su fundamentación. Situación que no se encontró acreditada en las presentaciones de la querella, por tal motivo se considero improcedente dicha solicitud. Es por ello, que el Juzgado de Instrucción N°1 rechazo el Recurso de Reposición. Asimismo, en las últimas horas de ayer, se conoció desde el juzgado que habían citado para el día de hoy al Sr. Arruda, para una ampliación de indagatoria.