10 MESES DE PRISIÓN CONDICIONAL POR ROBO Y PROHIBICIÓN PARA ASISTIR A ESPECTÁCULOS PÚBLICOS

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El martes 05 de noviembre, el Tribunal de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional, integrado por Dr. Jorge Chamia dio inicio al juicio abreviado contra Sánchez Francisco Nicolás, por el delito de Robo en grado de tentativa en flagrancia y lo condeno a la pena de 10 meses de prisión bajo la modalidad condicional.

El hecho ocurrió el día 11 de agosto de 2019, cuando el joven Sánchez Francisco circulaba en su motocicleta y se baja para robar un monedero a una mujer, hay forcejeo por lo que no logra el cometido, y se da a la fuga, es el esposo de la mujer quien inicia una persecución, se suma la policía y logran detenerlo.

El fiscal, Dr. Luis González Aguirre, consideró el hecho como robo en grado de tentativa en situación de flagrancia, en acuerdo con la defensa del acusado piden al magistrado un juicio abreviado y la condena de 10 meses de prisión bajo la modalidad condicional, debido a que es el primer juicio penal que enfrente el joven Francisco.

Ante la indagatoria, Francisco Sánchez, de 21 años de edad, manifiesta que no termino la secundaría y es adicto a la marihuana, por lo que el Dr. Chamia lo condena a 10 meses de prisión condicional por considerarlo autor del delito de Robo en grado de Tentativa en Flagrancia (Art. 164 y 42 del C.P y Art. 321 y 322 del Código Procesal Penal de La Rioja). Para que la condena se considere cumplida el condenado deberá cumplir ciertos reglas de conducta por el término de dos (2) años: 1) No ausentarse de la ciudad sin autorización judicial, 2) No cometer nuevos delitos, 3) Terminar los estudios secundarios, 4) No consumir estupefacientes y no abusar de bebidas alcohólicas, 4) realizar trabajos no remunerados en institución pública, 4) Por el lapso de un año, o más, deberá someterse a un tratamiento por su adicción a la marihuana, hasta lograr su total rehabilitación, 5) Por el término de 6 meses el condenado tiene la prohibición de salir de su domicilio los fines de semana, a deambular por las calles o asistir a espectáculos públicos, bailables, fiestas públicas o privadas donde se consuman bebidas alcohólicas; solo podrá asistir a eventos familiares.

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