5 MESES DE PRISIÓN CONDICIONAL POR VIOLAR PERIMETRAL

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El Tribunal de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional, integrado por la Dra. Edith Agüero, condenó en un juicio abreviado al ciudadano Reharte Jorge Luis, de 61 años de edad, a una pena de 5 meses de prisión en la modalidad condicional por el delito de desobediencia a la autoridad.

El hecho que se le imputa ocurrió el día martes 04 de diciembre de 2018, cuando el señor Jorge Reharte acude a la vivienda de su ex esposa y comienza a gritar y golpear la puerta, por lo que la mujer llama a la policía debido a que posee una medida de protección de personas desde enero del 2019 en contra Reharte, por lo que el imputado es trasladado a sede policial. Por consiguiente, a Jorge Reharte se le imputa el delito de Desobediencia a la Autoridad, Art. 239 del Código Penal (C.P), en situación de flagrancia, por ende, la Fiscalía en acuerdo con la defensa del imputado solicita juicio abreviado y que se le aplique la pena de cinco (5) meses de prisión de cumplimiento condicional.

Por su parte, la Dra. Bonetto que ejerce la defensa del procesado, manifiesta que se termina en un juicio abreviado luego de estar solicitando hace tiempo el sobreseimiento de Reharte y el principio de oportunidad, pero le dijeron que no son criterios que se aplican en La Rioja a pesar de que existen legalmente. “Ni si quiera nos dieron la posibilidad de hacer una Probation (suspensión de juicio), porque ahora se le dicto una falta de mérito por la causa principal, la supuesta desobediencia no estaría enmarcada dentro de una temática de género, pudo ser viable una probation en esta situación, no obstante, se aceptó el pedido de fiscalía de juicio abreviado”, expresó la Dr. Bonetto. También agregó que la mujer tiene problemas psiquiátricos y Reharte es el único que la cuida.

En tanto, la fiscal Dra. Nadia Schargrodsky sostiene que la Ley 26.485 es la que prohíbe la suspensión de juicio en los casos de Violencia de Género, más allá de la falta de mérito sigue vigente la medida de protección de personas como así también el cese de los actos perturbatorios hacia la víctima.

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