LA JUSTICIA ORDENÓ PROTEGER A UNA JOVEN QUE DENUNCIÓ A SU PADRE POR VIOLENCIA DE GÉNERO
Una ciudadana de 18 años de edad denunció ante la Unidad Fiscal de Violencia de Género a J.L. P., de 51 años de edad, y el Juzgado de Instrucción de Violencia de Género y Protección Integral de Menores N° 1, a cargo de la jueza Gabriela Asís, ordenó medidas de protección de persona.
De acuerdo a la denuncia formulada, el hecho ocurrió el sábado 16 de marzo, cuando la joven fue a la casa de su abuela, donde el denunciado estaba en estado de ebriedad. Allí éste la agredió verbalmente, amenazó con un objeto punzante y obligó a mantener relaciones sexuales. Luego la joven se retiró del lugar y se dirigió a la casa de su pareja.
De acuerdo a las circunstancias y contenido presentes en la denuncia, se advierte que en virtud de lo prescripto por los Arts. 4, 5 y 6 de la Ley Nacional N° 26.485 de Protección Integral a las Mujeres, el hecho califica como Violencia de Género.
Frente a esto, la jueza Gabriela Asís resolvió disponer medidas cautelares de protección de persona a favor de la ciudadana denunciante, en contra de Pérez, ordenándole: 1) El cese de los actos de perturbación e intimidación que realice, directa o indirectamente, hacia la denunciante (Ley 26.485 art. 26 inc. a2.a7.); 2) La prohibición de comunicarse con la mujer denunciante por cualquier vía, ya sea llamado telefónico, mensajes de texto, Whatsapp, mail, Messenger, Facebook, Instagram, Twitter y demás redes sociales, o desarrollar cualquier conducta similar, por el plazo de 180 días (Ley 26.485 art. 26 inc. a7); y 3) La prohibición de acercamiento a la mujer denunciante al lugar de residencia, trabajo, estudio, esparcimiento y/o lugares de habitual concurrencia, por el plazo de 180 días, por el radio de 200 metros (Ley 26.485 art. 26 inc. a7). Asimismo, resolvió que, en caso de no cumplir con las medidas ordenadas, su conducta recaería en la figura de Desobediencia, prevista y penada por el Art. 239 del Código Penal, habilitando el ordenamiento de medidas más gravosas, incluso la inmediata detención.