LA JUSTICIA ESCUCHÓ LOS ALEGATOS POR JUICIO DE ABUSO SEXUAL AGRAVADO

En la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción, con sede en la ciudad de La Rioja, se realizó el juicio contra F.M.CH.O. por el delito de “Abuso Sexual con Acceso Carnal Agravado por la Situación de Convivencia persistente”; el tribunal estuvo presidido por la Dra. Sara López Douglas, acompañada por los vocales los Dres. Karina Cabral y Dr. Gustavo Díaz.
En representación del Ministerio Público Fiscal el Dr. Rafael López, por parte de la Asesoría de Menores la Dra. María Zárate y como querellante particular la Dra. María Pía Sotomayor. A su vez la defensa del imputado es el Dr. Arcadio Herrera Arvay.
En una nueva audiencia del juicio, se incorporó en primer término la prueba documental ofrecida por el Ministerio Público Fiscal, la querella y la defensa del imputado. Concluida esa instancia, se dio paso a los alegatos finales.
La querella sostuvo que durante el debate quedó acreditado que la denunciante tenía 13 años al momento de realizar la denuncia y que los hechos investigados habrían comenzado cuando tenía 9 años, mientras convivía con quien era la pareja de su madre y ejercía un rol de cuidado. Indicó que las pruebas producidas durante el juicio, entre ellas los hallazgos clínicos, respaldan la acusación y consideró que el caso presenta una situación de doble vulnerabilidad por tratarse de una niña. En ese marco, solicitó al Tribunal la aplicación de la máxima pena prevista para el delito imputado.
A continuación, alegó el Ministerio Público Fiscal, que sostuvo que el acusado es autor penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por la situación de convivencia preexistente. La Fiscalía realizó un repaso de la prueba producida durante el juicio, las declaraciones testimoniales y el desarrollo de la investigación, señalando que los hechos habrían ocurrido de manera reiterada en el domicilio donde convivían el imputado y la víctima, mientras esta se encontraba bajo su cuidado.
Según la acusación, el imputado actuó con pleno conocimiento y voluntad, aprovechándose de la situación de convivencia y de la vulnerabilidad de la menor entre sus 9 y 13 años de edad, quien no contaba con la madurez suficiente para consentir ni resistir los actos denunciados. Asimismo, el Ministerio Público Fiscal remarcó que el abuso sexual infantil constituye una de las formas más graves de violencia contra niños, niñas y adolescentes.
En consecuencia, solicitó que el acusado, identificado por sus iniciales F. M.C.O., sea condenado a la pena de 16 años de prisión de cumplimiento efectivo por el delito previsto en el artículo 119, tercer y cuarto párrafo, inciso f, del Código Penal. Además, requirió que al momento de dictar sentencia el Tribunal encuadre el caso dentro del marco normativo de violencia contra la mujer, abuso sexual infantil y maltrato infantil, teniendo en cuenta las leyes nacionales aplicables y las circunstancias agravantes previstas en los artículos 40 y 41 del Código Penal.
Finalmente, la defensa del imputado pidió la nulidad del juicio. Argumentó que gran parte de la prueba incorporada por la Fiscalía proviene de organismos de niñez y adolescencia y sostuvo que durante esas intervenciones no se garantizó la participación de la defensa. También cuestionó el trabajo de algunos profesionales que realizaron entrevistas y relevamientos, al señalar que reconocieron no pertenecer a la Función Judicial.
Asimismo, la defensa sostuvo que durante el proceso se alteraron las condiciones bajo las cuales debía desarrollarse el juicio y afirmó que el Ministerio Público Fiscal interpretó la normativa en beneficio de su teoría del caso. Reiteró la inocencia de su defendido, cuestionó la credibilidad de la denunciante al atribuir sus manifestaciones a conflictos familiares y solicitó al Tribunal que declare la nulidad del proceso y de la acusación.
El hecho investigado:
El imputado F.M.CH.O. desde el año 2017 cuando la hija de su ex pareja, contaba con 9 años y hasta sus 13 años de edad, mientras se encontraban en la vivienda que compartía con su ex pareja y sus hijos, ubicada en un barrio de esta ciudad, aprovechando que se quedaba solo con la menor le realizaba actos impropios para su sexualidad, no solo aprovechando la convivencia con ella para someterla sino también el miedo que generaba en la niña a través de la violencia física y psicológica que ejercía.

















