LA JUSTICIA ORDENÓ LA LIBERACIÓN DE UN IMPUTADO QUE SE ENCONTRABA EN PRISIÓN PREVENTIVA

Dra Flamini Marzo 24

El Juzgado de Instrucción en Violencia de Género y Protección Integral de Menores Nº2 de La Rioja, a cargo de la jueza Dra. Gisela Flamini concedió la excarcelación de Gustavo A. A., imputado por abuso sexual agravado. La defensa solicitó el cese de la prisión preventiva, argumentando que el plazo legal había sido superado y que no había peligro de fuga o de entorpecimiento de la justicia.

La abogada defensora, argumentó que la detención preventiva, vigente desde 2020, había excedido el "plazo razonable" de dos años estipulado por la Ley 24.390. Agregó que el imputado aún sin condena firme, ya había cumplido la mitad del mínimo de la pena prevista para el delito imputado, y que se violaba el principio de inocencia al mantener una medida cautelar equivalente a un adelanto de pena.

Por su parte el Ministerio Público, en cambio, rechazó el pedido de excarcelación al considerar que el delito imputado—abuso sexual con acceso carnal agravado por convivencia preexistente, es de extrema gravedad, y que subsistía riesgo procesal. La fiscalía apeló a la Ley 25.430, que permite excepciones a la excarcelación en casos de delitos graves.

Asimismo, la jueza Flamini consideró, sin embargo, que la prolongación de la prisión preventiva era desproporcionada y no estaba justificada; por lo que dispuso la liberación bajo caución juratoria y la imposición de medidas de restricción para proteger a la denunciante, entre ellas, la colocación de un dispositivo de geolocalización para el imputado y la prohibición de acercamiento a 200 metros. Esta decisión refleja la aplicación de los principios de necesidad y proporcionalidad en las medidas cautelares y busca garantizar el proceso sin vulnerar derechos fundamentales de los involucrados en la causa.

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