LA JUSTICIA CONCEDIO A UNA FAMILIA, EL CUIDADO DE UNA JOVEN A LA QUE CONOCIAN DESDE SU NACIMIENTO

ADOPCION DE JOVEN

La Sala N°6 de la Cámara Segunda en lo Civil, Comercial y de Minas, secretaria "B", de la Primera Circunscripción Judicial a cargo de la Jueza Dra. María Alejandra Echevarría resolvió que una joven, sea concedida en carácter de adopción simple, a una familia que la conocía desde su nacimiento.

El hecho surge ante el pedido E.M., una señora que manifiesta en su presentación judicial, que conoce a una joven desde su nacimiento, fruto de una relación donde la mamá de la menor estaba a cargo de E.M.. En esa relación de pareja, existían denuncias de violencia y como resultado, hubo un hecho que llevo a la detención del padre biológico dejando la tenencia a la Sra. E.M.

La misma comienza los tramites de tenencia provisoria ante el Juzgado de Menores, donde siempre estuvo acompañando a la joven desde su nacimiento, ella se hizo cargo y se mantuvo firme en el cuidado y defensa en su integridad ante un ambiente de violencia que vivía con sus padres biológicos.

En el trámite judicial, se inicia la demanda de adopción simple, se notifica a ambos progenitores, pero ninguno se presentó a este pedido. Ante esta situación, se analizó en primer término los requisitos generales exigidos por el nuevo Código Civil y Comercial para el otorgamiento de dicha adopción.

La Magistrada, luego de la recepción de testimonios y documentos en el proceso judicial, se da por acreditado la atención en todas sus necesidades a la joven por parte de la familia que requiere la adopción.

Ante ello, resuelve; hacer lugar a la demanda, asimismo hacer lugar al cambio de apellido a cargo del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, donde se deberá hacer cambio de toda la documentación de manera urgente, con el nuevo apellido de la joven adoptada (D.N.I. y Pasaporte si lo tuviese).

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