CHEPES: LA JUSTICIA CONDENÓ A UN HOMBRE A 22 AÑOS DE PRISIÓN POR DELITOS DE ABUSO SEXUAL CONTRA DOS NIÑAS.

Dra Lopez Chepes

La Cámara de Instancia Única de la Quinta Circunscripción Judicial de la Provincia de La Rioja integrada por la Presidente: Dra. María Alejandra López, Vocal 1era: Dra. Deolinda Tello y Vocal 2da: Dra. Rosa Yaryura, con asiento en la ciudad de Chepes, Departamento Rosario Vera Peñaloza, resolvieron condenar a un ciudadano a la pena de 22 años de prisión de cumplimiento efectivo; por considerarlo autor penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal - dos hechos- Art. 119 -tercer párrafo, en concurso real Art 55 ambos del Código Penal Argentino, por los delitos cometido en contra dos mujeres cuando eran menores de edad.

El primer hecho que se imputa ocurrió en el año 1996, en la localidad de La Cañada departamento Juan F Quiroga, a poca distancia de la casa de sus abuelos paternos, donde vivía el tío de la víctima, cuando ella tenía 9 años, dándose los abusos hasta los 14 años en diferentes lugares de la propiedad.

El segundo hecho que se imputa habría ocurrido en el año 1996 en que otra menor, sobrina del acusado, habría tenido entre 8 y 9 años de edad, y en ese entonces vivía con su familia, en la localidad de La Cañada, a donde se habían trasladado desde la localidad de La Yesera, ambas localidades pertenecientes al departamento Juan Facundo Quiroga. Los hechos ocurrieron en diferentes lugares de la vivienda familiar hasta tiempo antes que la menor cumpliera los 15 años de edad.

Oportunamente y en razón de la pena de inhabilitación absoluta impuesta al acusado, los magistrados corrieron vista de lo actuado a la defensoría de niños, niñas, adolecentes e incapaces en turno.

Por último, los jueces permitieron dar lugar a la demanda civil instaurada en contra del imputado, condenándolo al pago $ 4.500.000 en carácter resarcitorio por daño material-social- moral, a favor de las víctimas (el cual se dividirá según estipula la sentencia para cada una), debiendo efectivizar el pago en el término de 10 días desde la fecha que la presente sentencia quede firme.

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