JOVEN FUE CONDENADO POR HURTO, DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD, AMENAZAS Y DAÑOS
En el marco de un juicio abreviado, la jueza Dra. Sara Alicia López Douglas condenó a Maico G. M. a la pena de dos años y dos meses de prisión de cumplimiento condicional, por considerarlo autor penalmente responsable y culpable de los delitos de “Hurto en Grado de Tentativa en Flagrancia, Desobediencia a la autoridad, Amenazas y Daños, en situación de violencia de género según Ley 26.485, y Desobediencia a la Autoridad en Flagrancia– tres hechos- en Concurso Real”.
A continuación, la Magistrada declaró los hechos segundo y tercero, como “Violencia en Contra de la Mujer”, de acuerdo a la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer "Convención De Belem Do Para", “Convención Sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Mujeres”, ratificada por el Estado Argentino por medio de ley 24.632; Ley N° 26.485 “Ley de Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales”, y ley Provincial 8561/2009.
Posteriormente, la Jueza enumeró las reglas de conducta que deberá respetar el condenado por el término de dos años y dos meses, entre las que mencionó: abstenerse de cometer nuevos hechos delictivos; abstenerse de acercarse al domicilio donde se cometió el hecho y/o de acercarse a su madre; someterse a un tratamiento obligatorio para la rehabilitación de adicciones, ya sea con la modalidad ambulatorio o internación, según requiera su afección; realizar trabajos no remunerados a favor del Estado o de instituciones de bien público, en el lugar que determine el Juez de Ejecución Penal.
Detalle de los hechos
La tentativa de hurto se produjo el 28 de abril de 2.020, a horas 04:45 aproximadamente, en circunstancias que el condenado, a la edad de 19 años, ingresó al interior de un automóvil que se encontraba estacionado en el B° Luis Beder Herrera y se apoderó de una camisa, un buzo, una fusta, un DNI y un apoya cabeza, y al ser sorprendido por personal policial, arrojó los elementos e intentó darse a la fuga, pero fue aprehendido a pocos metros del lugar.
Posteriormente, el 18 de abril de 2.021, cerca de las 03:00, Maico G. M. se presentó en la vivienda de su madre, ubicada en barrio Asentamiento 1 de Diciembre, donde comenzó a propinar golpes de puntapié a la puerta de ingreso, provocándole abolladuras y luego a la ventana de madera dañando la misma, al tiempo que gritaba amenazas dirigidas a su progenitora, quien desde el interior de la propiedad, le exigió que se retire del lugar, debido a que se encontraba en vigencia una medida cautelar de protección de persona, la cual pesaba sobre la persona del imputado en favor de su madre.
En tanto que, el 27 de julio de 2.021, alrededor de las 00:00, el condenado, que tenía una medida de prohibición de acercamiento a favor de su madre, en ausencia de la misma, ingresó a su vivienda ubicada en B° Parque Industrial, tomó una campera y se retiró del lugar. Luego, a horas 23:50 del mismo día, regresó al domicilio antes mencionado, insultó a la víctima, la cual llamó a personal policial, quienes llegaron inmediatamente y detuvieron al joven.