JUZGAN A UN HOMBRE POR INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE ASISTENCIA FAMILIAR

juicio incumplimiento de asistencia

La jueza Dra. Sara Alicia López Douglas, en la sala unipersonal de la Cámara Tercera de la Primera Circunscripción Judicial, llevó a cabo una nueva audiencia del juicio en contra de Osvaldo E. P., acusado del delito de “Incumplimiento de los Deberes de Asistencia Familiar”, establecido en el artículo 1 de la Ley 13.944.

El debate se concretó en la sala de la Asociación de Magistrados, donde estuvieron presentes, la Dra. Laura Rivero, defensora de Niños, Niñas y Adolescentes, las abogadas querellantes, Dras. Ana Astorga y Valeria Moya, el fiscal Dr. José Oliveros Icazatti y, por el lado de la Defensa, la Dra. Alejandra Elisa Tello junto a su colaboradora, Dra. Mariangel Arroyo Corzo.

En ese marco, se receptaron los testimonios de dos personas: la contadora y representante legal de la clínica donde trabajaba el acusado, la cual informó sobre los montos que percibía el imputado, la modalidad de pago, el tipo de contrato que poseía, las actividades que realizaba, entre otros; posteriormente, declaró uno de los socios de la clínica y jefe del área de Cirugía, quien detalló el tipo de intervenciones que llevaba a cabo, el tiempo que se desempeñó en la institución, una estimación de la cantidad de consultas que realizaba, los montos y modo de facturación que tenía.

Una vez finalizada la incorporación de prueba testimonial, el Fiscal pidió la palabra y expresó que a raíz de la información que aportaron los testigos y en virtud de lo estipulado en el artículo 412 del Código Procesal Penal de la provincia de La Rioja, el Ministerio Público Fiscal, amplía la acusación en contra de Osvaldo E. P., sumando a la carátula el delito de “Insolvencia Alimentaria Fraudulenta”, contemplado en el artículo 2 bis de la ley 13944.

Cabe mencionar que, dicho artículo establece una pena de uno a seis años de prisión, para quien, “con la finalidad de eludir el cumplimiento de sus obligaciones alimentarias, maliciosamente destruyere, inutilizare, dañare, ocultare o hiciere desaparecer bienes de su patrimonio o fraudulentamente disminuyere su valor y de esta manera frustrare, en todo o en parte el cumplimiento de dichas obligaciones".

En razón de lo planteado por Fiscalía, la Defensa solicitó la suspensión del debate para recolectar más prueba, a fin de defender a su cliente de esta nueva acusación, con lo cual, el juicio continuará en el plazo de diez días.

Buscar

Accesos Rápidos

botonJoaquin7BotonFirmaDigitalBoton Correo OficialNotificaciones Electronicasboton-MEUGLista de DespachosBoton AudienciasFondo de JusticiaRegistro Nacional de ReincidenciaBoton-STIyCBoton-Recursos-Humanosboton-ruaga

Intranet