CONCLUYERON LOS ALEGATOS EN JUICIO POR HOMICIDIO AGRAVADO POR ALEVOSÍA

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En la sala de la Asociación de Magistrados, el Tribunal de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en la Capital, presidido por la Jueza Dra. Edith Elizabeth Agüero, acompañada por los vocales, jueces Dres. Karina Cabral y Rodolfo Ramón Ortiz Juárez, concretó la última audiencia del juicio en contra de Matías S. O., acusado de “Homicidio agravado por alevosía”.

En la oportunidad, estuvieron presentes los abogados querellantes Emilio Pagotto y Sergio Gómez, junto a los padres de la víctima; los Dres. Julián de la Colina y Cecilia Moreno en representación del Ministerio Público Fiscal; y por parte de la Defensa Pública, las Dras. Mónica Lucero y Micaela Soledad Ramírez Vargas con la colaboración del Dr. Mauricio Pérez Motta.

Al inicio del debate, el Tribunal solicitó la incorporación de la prueba documental, y luego dio lugar a la declaración testimonial de la madre de la víctima, quien caracterizó a su hijo, destacando su conducta, valores y virtudes, y luego pidió al Tribunal que otorgue una “condena ejemplificadora para quienes participaron del hecho y conspiraron” contra su hijo y su familia.

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A continuación, el imputado solicitó ampliar su declaración indagatoria, sin responder preguntas. En ese contexto, Matías S. O. contó cómo sucedieron los hechos, aduciendo que esa noche del 23 de mayo de 2014, se reunieron con la víctima con quien a modo de “picardía” se inyectaron estupefacientes y detalló lo que recordaba respecto al circuito que realizaron en el auto de Mario Taboada. Asimismo, mencionó otras oportunidades en las que consumieron sustancias prohibidas, dejando en claro que no lo hacían con frecuencia, con lo cual no eran adictos.

En la misma línea, el acusado comentó de qué manera reaccionó el cuerpo de la víctima, luego de que se aplicara una nueva dosis del inyectable con estupefacientes. Posteriormente, explicó cómo reaccionó él, al darse cuenta que Taboada no presentaba signos vitales, y cómo procedió hasta finalmente dejar el cuerpo de la víctima en cercanías al camping de El Pinar. Por último, pidió perdón a la familia Taboada y se lamentó por no haber actuado de la forma en la que debió hacerlo.

Seguidamente, el Tribunal hizo lugar a la etapa de alegatos, otorgando la palabra en primer término a los abogados de la Querella, quienes sostuvieron que todo inició tras una denuncia realizada por la madre de la víctima, por la venta de estupefacientes en el barrio CGT, a raíz de la cual la familia comenzó a ser perseguida. Además, sostuvieron que se trató de un “designio criminal” elaborado por Matías, recalcando que varios testigos hicieron referencia al estado de nerviosismo que presentaba la noche del 23 de mayo; como así también, resaltaron las contradicciones en las que recayó el acusado en sus dos declaraciones indagatorias, y lo contradictorias que son respecto a lo manifestado por los peritos. Luego de hacer un repaso sobre las pruebas recolectadas durante el proceso, consideraron que quedaron acreditadas con “suficiente certeza” tanto los hechos, como la autoría de los mismos.

En su turno, los representantes del Ministerio Público Fiscal repasaron de forma minuciosa las pruebas ofrecidas durante el juicio, evaluando cada una de ellas, haciendo especial hincapié en el modus operandi que habría utilizado el imputado para ejecutar el homicidio, totalmente insidioso, ya que habría procedido a dejar a la víctima en un estado de indefensión, para luego quitarle la vida inyectándole “altas dosis” de ketamina y potasio. En seguida, los Fiscales citaron varios casos de jurisprudencia similares a éste, en los cuales se otorgó una pena ejemplar. Finalmente, luego de sostener la acreditación de los hechos, solicitaron la pena de prisión perpetua para Matías S. O.

Por último, la Defensa recalcó que tras siete años y medio de este proceso judicial, no se logró acreditar el hecho, ya que no se probó que su cliente haya causado la muerte de Mario Taboada, considerando que la prueba recolectada es “insuficiente” para arrojar certezas respecto al hecho. Asimismo, las defensoras alegaron que Matías reaccionó de la forma en la que lo hizo, porque estaba bajo efecto de sustancias prohibidas. Además, solicitaron la nulidad de la acusación planteada por la Fiscalía, ya que no cumple con la plataforma fáctica y jurídica; y la nulidad del acta de secuestro de las zapatillas de su defendido, ya que no fue realizada por orden escrita del juez interviniente. Añadieron también, que la investigación fue “defectuosa, irregular y dañina”, ya que no se realizaron algunas pericias necesarias para esclarecer el caso, y aquellas que sí se efectuaron, fueron insuficientes. En ese sentido, solicitaron la absolución del imputado.

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