LA JUSTICIA PROCESÓ A UN HOMBRE POR ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL AGRAVADO POR EL VÍNCULO.
El Juzgado de Instrucción de Violencia de Género y Protección Integral de Menores N° 1 de la primera circunscripción judicial con sede en esta Capital, a cargo de la Jueza subrogante Dra. Karina Daniela Cabral, resolvió dictar el procesamiento y prisión preventiva, en contra de Guillermo S., por el delito de “Abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo” previsto y penado por el artículo 119 Tercer y Cuarto Párrafo inciso B del Código Penal Argentino, continuando el mismo alojado en el Servicio Penitenciario Provincial.
Se inician las presentes actuaciones en virtud de la denuncia formulada ante la Comisaria del Distrito Patquía de la Policía de La Provincia de La Rioja, el día 15 de diciembre del 2020, por la madre de la víctima, en representación de su hija, una menor de 10 años de edad, y en contra de su abuelo paterno Guillermo S. La mujer manifestó que su hija, le reveló a su tío (hermano de la progenitora) que en algunas ocasiones hace un año atrás a la fecha, su abuelo paterno la solía llamar a su habitación y le pedía tener acciones no propias para una menor, como así también tocarle las partes íntimas de la niña, aduciéndole que, todo esto era un juego. Además, añadió que todo esto ocurrió en diferentes ocasiones desde que ella tenía 7 años de edad, hasta los 9 años aproximadamente y que no decía nada porque tenía miedo que le haga daño tanto a su madre como también a ella misma.
Teniendo en cuenta las declaraciones indagatorias realizadas a integrantes de la familia de la víctima, como su propia declaración testimonial y las pruebas presentadas por el cuerpo médico que la analizó, la Jueza Cabral resolvió procesar a Guillermo S. y mantener la medida cautelar de prisión preventiva, entendiendo que “su libertad crearía un riesgo procesal de frustración de los fines del proceso en tanto la privación de la libertad tiende a asegurar la realización del juicio y hasta el momento se encuentra vigente la probabilidad de que la causa sea elevada a juicio”.
Además, dictaminó trabar embargo sobre bienes del procesado en la suma de pesos Cien Mil ($100.000) para responder a pena pecuniaria y costas del proceso.