CHILECITO: LA JUSTICIA RESOLVIÓ NO HACER LUGAR A LA APELACIÓN EN UNA CAUSA DE LESIONES DOLOSAS, AGRAVADAS POR EL VÍNCULO.
La Cámara Primera en lo Civil, Comercial, de Minas, Criminal y Correccional, Sala “A”, de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la Ciudad de Chilecito, a cargo de la jueza Dra. Rita Silvina Albornoz, resolvió no hacer lugar al Recurso de Apelación interpuesto por los representantes legales de su defendido Emmanuel A., por considerarlo como supuesto autor penalmente responsable del delito de Lesiones dolosas, agravadas por el vínculo según lo previsto en los artículos 92 y 89 en función del artículo 80 inciso 1° del Código Penal Argentino y mantener en todo sus términos el Auto de Procesamiento, debiendo seguir la causa según su estado previsto en los artículos artículos 327, 328, 334 del Código Procesal Penal.