RECHAZAN EXCARCELACIÓN POR EXISTIR RIESGO PROCESAL.

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La Sala Unipersonal De La Cámara Tercera En Lo Criminal y Correccional a cargo del Dr. Jorge Gamal Chamía, en Feria Judicial Extraordinaria, resolvió rechazar el beneficio de excarcelación solicitado para Jesús Coronel por los fundamentos consignados en los considerandos y según estipula los artículos 336, 337 y 317 bis del Código Procesal Penal de La Rioja.

En la resolución, la Defensa explicó que el imputado se encuentra sometido a un proceso por la supuesta autoría del delito de Hurto, llevando 4 meses privado de su libertad ambulatoria, detenido actualmente en el Servicio Penitenciario Provincial desde el mes de febrero. Por su parte, en el expediente surge que el ciudadano además del delito por el que se le imputa, mantiene procesos por Hurto Calificado en Flagrancia, Robo en Flagrancia y Hurto en Flagrancia.

Al haber sido beneficiado, oportunamente, con una libertad y tratamiento por adicciones y a pocos días de recuperar su libertad, el imputado volvió a cometer ilícitos, demostrándose reticente al cumplimiento de las normas de conductas fijadas para mantener su libertad. Esta conducta inmoral frecuente, es considerada como riesgo procesal, y configura una causal objetiva para negar el beneficio solicitado.

Ante ello, y sumado a la expresa oposición por parte de la representante del Ministerio Público Fiscal y a la falta de arraigo del imputado, corresponde no hacer lugar al beneficio de la excarcelación solicitado.

Por último, el Juez de Cámara expresó en la resolución que en virtud del artículo 36 inciso 5 del Código Procesal Penal de La Rioja, corresponde acumular las causas mencionadas, a los fines de evitar sentencias contradictorias que perjudiquen al imputado.

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