SE REALIZÓ LA PRIMERA VISITA ANUAL AL SERVICIO PENITENCIARIO PROVINCIAL

 
Cumpliendo el mandato de la Ley orgánica del Poder Judicial, se realizó la primera Visita General de Cárcel. Durante la misma estuvieron presentes integrantes del Tribunal Superior, Jueces Penales y de Instrucción de todas las circunscripciones Judiciales de la provincia, como así también autoridades del Ministerio Público Fiscal, de la Defensoría General, los Ministros de seguridad y de Derechos Humanos.
 
Mediante esta actividad, los allí presentes entrevistaron desde las 8:00 de la mañana a más de 115 internos, a modo de verificar y comunicarles la situación procesal en la que se encuentran cada uno de ellos, escuchando también lo que los detenidos tengan para decir en relación al trato que reciben, la alimentación, la atención médica y condiciones higiénicas del lugar entre otras cosas.

Las visitas de Cárcel están dispuestas y reglamentadas en los art. N° 179, 180 y 181 de la Ley Orgánica de la Función Judicial, donde se disponen dos Visitas Generales al año, a realizarse en la primera quincena del mes de mayo y noviembre según corresponda, debiendo trasladarse los Funcionarios Judiciales hasta el establecimiento en que estuvieran los procesados a fin de oírles verbalmente y adoptar las medidas que juzguen necesarias o convenientes para la mejor distribución de justicia.

Las mismas son presididas por el Tribunal Superior de Justicia, cursándose invitación al Poder Ejecutivo y a los miembros del Poder Legislativo, teniendo la obligación de asistir a las mismas los Jueces Penales y de Instrucción de todas las circunscripciones Judiciales, cuando tuvieren detenidos bajo su jurisdicción, Procurador General, representantes del Ministerio Público y abogados defensores de los encausados.

La Dirección del Servicio Penitenciario Provincial es quien tiene la responsabilidad de arbitrar los medios necesarios para que los internos se encuentren disponibles en el lugar previsto, debiendo tomar las medidas de seguridad, acondicionar los lugares necesarios y toda otra cuestión para llevar a cabo la Visita General de Cárceles, a los efectos que no se produzcan dilaciones innecesarias, informando toda cuestión que considere relevante.
 
 
 
 
 

Fuente: Centro de Información Judicial de La Rioja

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