LA JUSTICIA PROCESÓ A UN HOMBRE POR AMENAZAS Y LESIONES EN UN CONTEXTO DE VIOLENCIA DE GÉNERO

El Juzgado de Violencia de Género y Protección Integral de Menores N.º 2 de la Primera Circunscripción Judicial, a cargo de la jueza Dra. Gisela Flamini, resolvió dictar el procesamiento contra un hombre de 44 años, imputado por los delitos de amenazas y lesiones leves calificadas por el vínculo y por mediar violencia de género, previstos en los artículos 149 bis, 89 y 92, en función del artículo 80, incisos 1 y 11, del Código Penal.
La resolución fue adoptada luego del análisis de los elementos reunidos durante la etapa de instrucción, iniciada a partir de la denuncia formulada por la víctima, quien relató diversos episodios de violencia física, psicológica y amenazas ocurridos durante la convivencia mantenida con el imputado.
Valoración de las pruebas reunidas
Entre las evidencias incorporadas al expediente, la magistrada ponderó informes médicos, psicológicos y periciales, además de la declaración testimonial de la denunciante, quien ratificó los hechos expuestos en las denuncias iniciales y manifestó continuar sintiendo temor por su integridad.
Asimismo, los informes técnicos incorporados a la causa describieron indicadores compatibles con un contexto de violencia de género prolongada, destacando situaciones de vulnerabilidad, naturalización de la violencia y un nivel de riesgo grave y alto, conforme a las evaluaciones interdisciplinarias practicadas durante la investigación.
Resolución judicial
Al resolver la situación procesal del imputado, la jueza sostuvo que los elementos probatorios reunidos resultan suficientes, en esta etapa del proceso, para tener por acreditada la existencia de los hechos investigados y la probable participación del acusado, razón por la cual dispuso su procesamiento.
No obstante, la magistrada resolvió que el imputado continúe el proceso en libertad, al considerar que no se verifican riesgos procesales que justifiquen la prisión preventiva. Además, ordenó trabar embargo sobre sus bienes para garantizar las eventuales costas y responsabilidades derivadas del proceso.
La resolución no implica una sentencia definitiva sobre la responsabilidad penal del imputado, sino que constituye una decisión propia de la etapa de instrucción, mediante la cual se considera reunido el grado de probabilidad exigido por la ley para avanzar hacia las siguientes instancias del proceso penal.

















