CHILECITO: LA JUSTICIA PROCESÓ A UN JOVEN POR LA MUERTE DE SU ACOMPAÑANTE EN UN SINIESTRO VIAL

El Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional de la Segunda Circunscripción Judicial, con sede en la ciudad de Chilecito, resolvió el procesamiento de Armando B. M. G. por el presunto delito de homicidio culposo agravado por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo con motor, en una causa vinculada a un siniestro vial ocurrido sobre Ruta Provincial N°12, donde falleció un joven de 20 años.
De acuerdo a la investigación judicial, el hecho ocurrió el 15 de septiembre de 2024, alrededor de las 05:15, cuando el imputado circulaba en una motocicleta marca IMSA Track 110 cc., acompañado por Kevin Ochova, en sentido Este-Oeste sobre Ruta Provincial N°12, en inmediaciones del museo de cactus “Chirau Mita”. Según surge de las actuaciones, en determinado momento el conductor habría invadido el carril contrario, colisionando de frente con un automóvil Renault Clio que transitaba en sentido opuesto.
Como consecuencia del impacto, ambos ocupantes de la motocicleta cayeron sobre la cinta asfáltica y fueron trasladados al Hospital Eleazar Herrera Motta. Horas más tarde, Ochova falleció a causa de las graves lesiones sufridas, entre ellas traumatismo cerrado de abdomen, hemorragia masiva y shock hipovolémico, conforme al informe de autopsia incorporado a la causa.
Durante la investigación, se determinó que el imputado no poseía Licencia Nacional de Conducir al momento del hecho y que la motocicleta presentaba múltiples irregularidades mecánicas y de seguridad. Según la pericia técnica realizada por la Policía Técnica Judicial, el rodado carecía de sistema de iluminación, no tenía espejos retrovisores, el freno delantero no funcionaba y el neumático trasero se encontraba en mal estado, con la banda de rodamiento lisa.
Asimismo, la pericia accidentológica concluyó que la motocicleta invadió el carril por el que circulaba el automóvil Renault Clio, estableciendo que el vehículo menor actuó como embistente y que la maniobra fue la causa determinante del siniestro vial.
En función de los elementos reunidos durante la etapa de instrucción, entre ellos actas policiales, informes periciales, testimonios y la autopsia médica, el magistrado consideró acreditado, con el grado de probabilidad exigido en esta instancia procesal, que el imputado habría actuado con conducción imprudente y antirreglamentaria, motivo por el cual resolvió dictar el procesamiento en su contra por el delito de homicidio culposo agravado previsto en el artículo 84 bis del Código Penal.

















