LA JUSTICIA ESCUCHÓ LOS ALEGATOS DE LAS PARTES EN JUICIO POR AMENAZAS

 Dra Cabral unipersonal amenazas1- 30-04-26

En audiencia Unipersonal, la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial, con sede en la ciudad de La Rioja, a cargo de la Dra. Karina Cabral, llevó adelante la etapa de alegatos en el juicio contra Cristian R. C. por el delito de amenazas.

En una nueva audiencia del proceso judicial, el tribunal incorporó la prueba documental presentada tanto por el Ministerio Público Fiscal como por la defensa del imputado. Concluida esta instancia, las partes expusieron sus alegatos finales.

En primer término, el fiscal Dr. José Olivero Icazzati realizó un repaso de los hechos denunciados, destacando la coherencia del relato de la denunciante a lo largo del proceso. Señaló además que el propio imputado reconoció haber estado presente en el lugar el día del hecho. Asimismo, remarcó la existencia de antecedentes de denuncias previas, indicando que en reiteradas oportunidades se habrían incumplido disposiciones judiciales.

El representante del Ministerio Público Fiscal encuadró los hechos en un contexto de violencia de género, haciendo referencia también a situaciones vinculadas a violencia económica, las cuales, según sostuvo, fueron respaldadas por los testimonios producidos durante el debate.

En función de ello, consideró al imputado autor penalmente responsable del delito de amenazas, previsto en el artículo 149 del Código Penal, y solicitó la pena de 1 año y 6 meses de prisión de cumplimiento condicional, conforme a las pautas de los artículos 40 y 41 del mismo cuerpo legal.

Por su parte, la defensa técnica, integrada por el Dr. Santiago Ríos y la Dra. Mariángeles Arroyo Corzo, cuestionó la configuración del delito. Argumentó que para que una amenaza sea penalmente relevante debe revestir gravedad y seriedad, condiciones que, a su criterio, no se verifican en el caso.

En ese sentido, sostuvo que los hechos se habrían producido en el marco de una discusión, sin intención real de intimidar. Si bien no negó la presencia del imputado en el lugar, rechazó la versión de la denunciante y afirmó que fue ella quien inició la agresión física, indicando que su asistido actuó en defensa propia. También mencionó la intervención policial que puso fin a la situación.

Finalmente, la defensa solicitó la absolución del imputado, al considerar que no existen elementos objetivos que respalden la acusación más allá de la denuncia.

Según la acusación, el hecho investigado ocurrió el 2 de octubre de 2022, alrededor de las 14:30, en un domicilio ubicado en la zona noroeste de la ciudad, cuando el imputado se presentó en la vivienda de su expareja. En ese contexto se produjo un episodio de conflicto que incluyó forcejeos y expresiones intimidatorias.

Tras escuchar a ambas partes, la jueza dio por finalizada la audiencia, dejando la causa en estado de dictar sentencia.

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