LA JUSTICIA PROCESÓ A TRES HOMBRES POR UNA AGRESIÓN OCURRIDA EN UNA FIESTA Y LES IMPONEN MEDIDAS RESTRICTIVAS

El Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional N° 1, de la Primera Circunscripción Judicial con sede en la Ciudad de La Rioja, a cargo en ese momento de la jueza subrogante Dra. María Eugenia Torres, resolvió dictar el procesamiento contra Brian A. S. S., Carlos E. L. G. y Alejandro A. G. por el delito de agresión, en un hecho ocurrido en la zona rural de La Rioja.
La causa se originó a partir de una denuncia presentada por la víctima, quien relató haber sido atacado por varias personas durante una reunión social desarrollada en un quincho ubicado sobre Ruta Provincial N° 25.
De acuerdo a lo reconstruido en la investigación, el hecho ocurrió en la madrugada del 7 de agosto de 2021, cuando, tras un conflicto iniciado por la entrega de bebidas, se produjo una situación de violencia que derivó en una agresión grupal. Según surge de las actuaciones, la víctima fue golpeada reiteradamente y quedó inconsciente, siendo posteriormente trasladada al hospital para su atención.
Las pruebas incorporadas incluyen testimonios de personas presentes en el lugar, quienes coincidieron en señalar a los imputados como partícipes de la agresión, así como informes médicos que acreditaron lesiones de gravedad. En particular, se constató que la víctima sufrió fracturas en la zona facial, requiriendo intervención quirúrgica reconstructiva y un período prolongado de recuperación.
En ese contexto, el Ministerio Público Fiscal solicitó el cambio de calificación legal a “agresión”, al considerar que, si bien no pudo determinarse con precisión quién ocasionó cada lesión, sí quedó acreditada la participación conjunta de los imputados en el ataque.
Al analizar los elementos de prueba, la magistrada entendió que existen indicios suficientes para sostener, con el grado de probabilidad requerido en esta etapa procesal, la participación de los acusados en el hecho, encuadrando la conducta en el delito previsto en el artículo 95 del Código Penal.
En consecuencia, se dictó el procesamiento de los tres imputados, manteniéndose su libertad provisoria bajo el cumplimiento de medidas restrictivas, entre ellas la prohibición de acercamiento y comunicación con la víctima, la obligación de fijar domicilio y permanecer a disposición de la justicia.
Asimismo, se dispuso el embargo de bienes de los imputados para garantizar eventuales responsabilidades económicas derivadas del proceso.

















