LA JUSTICIA PROCESÓ A UN JOVEN ACUSADO DE ROBAR EL CELULAR A UNA REPARTIDORA TRAS SIMULAR UN PEDIDO DE DELIVERY

El Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional N° 3 de la Primera Circunscripción Judicial, con sede en la ciudad de La Rioja, a cargo de la jueza Dra. María Eugenia Torres, resolvió dictar el procesamiento contra Tomás N. Á. H. por el delito de robo, hecho ocurrido en abril de 2024 en perjuicio de una trabajadora de reparto.
La magistrada resolvió dictar el procesamiento con prisión preventiva contra el imputado, acusado de haber sustraído un teléfono celular mediante violencia a una repartidora de un local gastronómico de la ciudad capital.
De acuerdo con lo acreditado en la etapa de instrucción, el hecho ocurrió el 21 de abril de 2024 alrededor de las 23:52, cuando el imputado realizó un pedido de comida al local gastronómico. La orden fue asignada a una repartidora que se dirigió al domicilio indicado en el barrio Mirador, utilizando su motocicleta particular.
Según la denuncia, al llegar al lugar la trabajadora fue abordada por el acusado, quien se encontraba acompañado por otro hombre. Tras mantener un breve diálogo y abonar una suma menor a la correspondiente al pedido, la mujer tomó su teléfono celular para realizar un llamado. En ese momento, el imputado le arrebató el dispositivo y se dio a la fuga a pie, llevándose el teléfono.
Al día siguiente, a partir del rastreo del dispositivo electrónico, personal policial junto a la denunciante logró localizar la señal del celular en inmediaciones de avenida San Nicolás de Bari, en cercanías de un local comercial de telefonía. Allí se identificó al sospechoso, quien fue reconocido por la víctima y detenido tras encontrarse en su poder el teléfono sustraído.
Durante la investigación se incorporaron diversos elementos probatorios, entre ellos la denuncia de la víctima, el acta de secuestro y detención, informes de criminalística, capturas de conversaciones aportadas por la denunciante y declaraciones testimoniales de testigos y funcionarios policiales que intervinieron en el procedimiento.
Con base en estas pruebas, la jueza consideró acreditado con el grado de probabilidad requerido en esta etapa procesal que la conducta atribuida al imputado encuadra en el delito de robo previsto en el artículo 164 del Código Penal, al haberse apoderado ilegítimamente de un bien ajeno mediante violencia.
En la resolución también se dispuso trabar embargo sobre los bienes del imputado por la suma de 1.500.000 pesos, a fin de responder por eventuales penas pecuniarias y costas del proceso.
No obstante, el procesamiento dictado, el imputado continuará el proceso en libertad, ya que el delito atribuido es excarcelable y, según el análisis judicial, no se verifican riesgos procesales de fuga ni de entorpecimiento de la investigación, la cual se encuentra concluida. Asimismo, se tuvo en cuenta que el acusado no registra antecedentes condenatorios según el informe del Registro Nacional de Reincidencia.

















