LA JUSTICIA DISPUSO RESTRICCIÓN DE ACERCAMIENTO Y PROHIBICIÓN DE CONTACTO EN CONFLICTO SUCESORIO

 Dra Eugenia Torres Junio 2025-E

El Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional N° 3 de la Primera Circunscripción Judicial, con sede en la ciudad de La Rioja, a cargo de la jueza Dra. María Eugenia Torres, contra Daina M. y otros por la supuesta autoría de Retención indebida y Medida cautelar”, por lo que resolvió dictar una medida cautelar de protección de persona a favor de la denunciante, en el marco de una denuncia por el presunto delito previsto en el art. 173 inc. 2 del Código Penal.

La denunciante manifestó desempeñarse como administradora de una sucesión y señaló haber sido víctima de hechos vinculados a una presunta retención indebida de bienes pertenecientes al acervo hereditario.

Según surge de las actuaciones, en el contexto de una orden de desocupación dispuesta durante la feria judicial, efectivizada el 19 de enero de 2026, se habrían producido situaciones de conflicto, incluyendo presuntos actos de violencia verbal y física.

Medida cautelar dispuesta

Tras analizar el objeto procesal y con el fin de resguardar la integridad física y psíquica de la denunciante y su grupo familiar mientras se sustancia la investigación, la magistrada resolvió:

  • Ordenar la prohibición de acercamiento a una distancia de 200 metros respecto del domicilio, lugar de trabajo y espacios de habitual concurrencia de la denunciante.
  • Prohibir todo tipo de contacto, ya sea personal, telefónico o mediante mensajes de texto, redes sociales o cualquier otro medio digital.
  • Disponer el cese inmediato de actos de perturbación o intimidación.

La medida tendrá una vigencia de 180 días (seis meses) desde su notificación, bajo apercibimiento de incurrir en el delito de desobediencia, conforme al art. 239 del Código Penal.

Oficios librados para notificación

A los fines de garantizar el cumplimiento de lo resuelto, el Juzgado libró oficio a la Comisaría Cuarta para notificar a las personas alcanzadas por la medida y citarlas a comparecer ante el tribunal.

  • El primer oficio, de fecha 11 de febrero de 2026, fijó audiencia para el 12 de febrero a las 11:00 horas.
  • El segundo oficio, librado el 24 de febrero de 2026, estableció nueva citación para el 25 de febrero a las 11:00 horas.

En ambos casos se dispuso que la citación se realice bajo apercibimiento de ley, con expresa mención a las responsabilidades funcionales previstas en el art. 201 del Código Procesal Penal.

La causa continúa en etapa de instrucción, con el objetivo de determinar la veracidad de los hechos denunciados y la eventual responsabilidad penal que pudiera corresponder.

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