LA JUSTICIA DICTÓ LA FALTA DE MÉRITO Y ORDENÓ LA LIBERTAD DE UN IMPUTADO, CON MEDIDAS DE PROTECCIÓN PARA LA VÍCTIMA

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El Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional N° 3 de la Primera Circunscripción Judicial, a cargo de la jueza Dr. María Eugenia Torres, resolvió dictar la falta de mérito y ordenar la inmediata libertad de un hombre imputado en una causa por lesiones leves y abuso de arma de fuego.

La decisión fue adoptada en el marco del expediente caratulado por Lesiones leves y abuso de armas, iniciado a partir de una denuncia por un hecho ocurrido el 16 de mayo de 2025 en la ciudad Capital.

Tras analizar de manera integral las pruebas incorporadas al proceso —entre ellas informes policiales, actas de inspección ocular, pericias de Criminalística, declaraciones testimoniales y documentación médica— la magistrada consideró que, en esta etapa del proceso, no existen elementos probatorios suficientes para dictar el procesamiento del imputado, pero tampoco para disponer su sobreseimiento.

En ese sentido, la jueza resolvió dictar auto de falta de mérito, conforme a lo establecido en el artículo 335 del Código Procesal Penal de la Provincia, dejando expresamente aclarado que esta resolución no pone fin a la investigación, la cual continuará con la producción de nuevas medidas probatorias tendientes a esclarecer el hecho y determinar responsabilidades.

Asimismo, teniendo en cuenta el tiempo transcurrido y que el imputado se encontraba detenido desde el mes de mayo de 2025, se dispuso en el mes de noviembre del mismo año, su inmediata libertad, ordenándose las comunicaciones correspondientes al Servicio Penitenciario Provincial.

Por otra parte, y en cumplimiento de la Ley N° 10.185 de Protección a los Derechos de las Víctimas, el Juzgado resolvió disponer medidas cautelares de protección personal a favor de la víctima, consistentes en la prohibición de acercamiento y de todo tipo de contacto por parte del imputado, tanto de manera personal como por medios telefónicos, digitales o redes sociales.

Estas medidas tendrán una vigencia de 180 días, bajo apercibimiento de incurrir en el delito de desobediencia judicial, y fueron notificadas conforme a las disposiciones legales vigentes.

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