LA JUSTICIA PROCESÓ A UN HOMBRE POR AGREDIR A UNA MUJER

frente juzgado de violencia de genero 1 E 1

El Juzgado de Instrucción de Violencia de Género y Protección Integral de Menores N° 2 de la Primera Circunscripción Judicial con sede en La Rioja, a cargo de la jueza Dra. Gisela Flamini, resolvió dictar el procesamiento, en contra de Carlos H. Y. S., como supuesto autor del delito de lesiones leves art. 89 del Código Penal Argentino, de conformidad a lo dispuesto por los artículos 327, 328, 329 y 330 del Código Procesal Penal.

El hecho que se imputa surge por la denuncia de la víctima en contra del imputado a quien conoce desde hace ocho años. El día 11 de diciembre de 2021, tras regresar de Mendoza donde trabaja en la cosecha de la vid, el denunciado intentaba comunicarse con ella para verla, a lo que ella respondía que no quería verlo, dos días después la denunciante le solicita al imputado que le pague una deuda de dinero que mantenía con ella, a lo que el denunciado respondió con agresiones.

Pasados los días cuando la víctima se dirige a la casa del imputado para cobrarle la deuda, el denunciado comenzó a gritarle e insultarla, empujándola contra la pared. Tras ello, el denunciado se retiró de su casa, pero la víctima decidió quedarse en la vereda esperando que el imputado regrese para pedirle le devuelva el préstamo.

Por último, el imputado vuelve a su domicilio y amenaza a la denunciante asegurándole que la situación se pondría peor. Posteriormente, llegó un móvil de la Comisaria VII y cuatro policías motorizados y le dijeron que se retire porque si no la tenían que demorar, luego la llevaron hasta su domicilio, donde la mujer explicó a los policías que hace dos años, ella le prestó al denunciado $75.000 para pagar las cuotas de un crédito U.V.A del Banco Patagonia y como eran muy buenos amigos ella confió en él no haciéndole firmar nada que acredite el préstamo.

Finalmente, la Magistrada ordenó medidas de protección de persona a favor de la víctima, las medidas cautelares de protección de persona, consistente en prohibición de acercamiento con restricción geográfica de 200 metros a su lugar de residencia, estudio, esparcimiento, o de habitual concurrencia, y prohibición de contacto por cualquier medio (teléfono celular, redes sociales, mensajería instantánea) por el término que dure la presente instrucción.

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