UNA PERSONA FUE CONDENADA A PRISIÓN POR HURTO EN FLAGRANCIA

Edificio Camara tercera 1

La jueza Dra. Sara Alicia López Douglas, a cargo de la sala unipersonal de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial, hizo lugar a un juicio abreviado, por medio del cual, resolvió declarar culpable a Fernando R. C. G. del delito de “Hurto en Flagrancia”, previsto y penado en el artículo 162 del Código Penal, y condenarlo a la pena de nueve meses de prisión de cumplimiento efectivo.

A continuación, la Magistrada declaró al condenado como reincidente por segunda vez, de conformidad a lo previsto en los artículos 14 y 50 del Código Penal, sin derecho a la obtención de libertad condicional.

En tercer término, le ordenó a la Jueza de Ejecución Penal, arbitrar en el “Centro de Día”, ubicado en Dalmasio Vélez 416, un examen del condenado, tendiente a verificar adicciones alcohólicas o de estupefacientes, y en caso positivo, imponerle un tratamiento obligatorio de rehabilitación.

El hecho por el cual fue condenado, tuvo lugar el 18 de marzo del 2023, alrededor de las 04:00, cuando Fernando R. C. G. de 24 años de edad, ingresó a una vivienda ubicada en Bº Las Ágaves y se apoderó de una motocicleta marca Zanella modelo ZB 110cc que se encontraba sin seguridad de llave. Sin embargo, antes de huir del lugar, fue sorprendido y demorado por los propietarios, quienes dieron aviso al personal policial.

Un juicio abreviado es un procedimiento legal y válido para dictar una sentencia, sea o no condenatoria; para el cual debe existir un acuerdo entre: un representante del Ministerio Público fiscal, el imputado y su defensor (público o privado) y la Querella si la hubiere.

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