CONDENARON A UN JOVEN A SIETE AÑOS DE PRISIÓN POR ABUSO SEXUAL A UNA MENOR
El Tribunal de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial, presidido por la jueza Dra. Karina Daniela Cabral, acompañada por los vocales jueces, Dr. Raúl Gustavo Farías y Dra. Sara Alicia López Douglas, resolvió declarar a Alan G. R. S., autor penalmente culpable y responsable del delito de "Abuso sexual con acceso carnal", tipificado en el artículo 119, tercer párrafo del Código Penal, y condenarlo a la pena de siete años de prisión efectiva, que deberá cumplir con encierro en las instalaciones del Servicio Penitenciario Provincial.
La lectura de sentencia se llevó a cabo este martes y estuvo a cargo de la secretaria Dra. Sofía Bracamonte. En ese marco, estuvieron presentes, el Fiscal José Oliveros Icazatti, la abogada querellante, Dra. Yésica Liz Díaz y los defensores particulares, Dres. Gabriel Pavón y Wilson Gómez junto al condenado.
Luego de informar sobre la cuantía de la pena, la Secretaría comunicó que el Tribunal declaró que el caso se enmarca como "Violencia en Contra de la Mujer", de acuerdo a la Convención Interamericana Para Prevenir, Sancionar y Erradicar La Violencia Contra La Mujer "Convención De Belem Do Para", "Convención Sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Contra las Mujeres", ratificada por el Estado Argentino por medio de ley 24.632; Ley N° 26.485 "Ley de Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales", y ley Provincial 8561/2009; y como "abuso sexual infantil y malos tratos en contra de los niños", de conformidad a la Convención Internacional de los Derechos del Niño y leyes Nacional N° 23.849, 26.061 y Provinciales No, 8.066 y 8.100, 8848.
Además, se impuso que, durante el término de privación de libertad, el condenado sea sometido a un tratamiento psicológico continuo y permanente, que le permita rehabilitarse y reintegrarse a la sociedad como útil integrante para poder continuar su vida, debiendo la Jueza de Ejecución Penal, controlar la evolución y progresividad en el mismo.
Por otro lado, se solicitó a la Jueza de Ejecución Penal, informar a los representantes legales o tutores de la niña víctima, acerca de todas las situaciones que se susciten en el proceso de ejecución, atinentes a la obtención de beneficios de salidas transitorias, semilibertad, libertad condicional y libertad definitiva del condenado, imponiendo en su caso medidas cautelares de restricción geográfica para tutelar judicialmente a la niña víctima, de acuerdo al artículo 11 bis de la ley 24.660, según reforma ley 27375, publicada en el Boletín Oficial del 28/07/2017.
Al finalizar la lectura de sentencia, se ordenó la inmediata detención del condenado Alan G. R. S. y su correspondiente trasladado al Servicio Penitenciario Provincial.
Hecho:
Alan G. R. S. (17 años al momento del hecho), aproximadamente desde el mes de mayo de 2017, sometió a una menor de 7 años de edad, a actos libidinosos de índole sexual, consistentes en tocamientos en sus partes íntimas y acceso carnal vía anal, los cuales realizó cuando se quedaba solo con la víctima y no era observado por ningún miembro de la familia, aprovechándose de la confianza que la niña tenía con él, puesto que era el novio de su hermana, con quien convivía.