REINCIDENTE FUE CONDENADO A PRISIÓN TRAS COMETER UN HURTO EN B° JUAN MELIS

dra. cabral

En la sala unipersonal de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial, la jueza Dra. Karina Daniela Cabral, realizó un juicio abreviado, mediante el cual resolvió declarar culpable a Néstor E. A. como autor penalmente responsable del delito de “Hurto en grado de tentativa en situación de flagrancia”, previsto en los artículos 162 y 42 del Código Penal; y condenarlo a la pena de ocho meses de prisión de cumplimiento efectivo.

A continuación, la Magistrada lo declaró como reincidente por segunda vez, de conformidad a lo previsto en el artículo 50 del Código Penal, sin posibilidades de obtención de la libertad condicional.

En tercer término, ofició al Juzgado de Ejecución, ordenar un examen del condenado, tendiente a verificar adicciones alcohólicas o de estupefacientes, y en su caso, imponerle un tratamiento obligatorio de rehabilitación.

Finalmente, la Jueza impuso las costas del proceso al condenado, de acuerdo a los artículos 29 inciso 3° del Código Penal y 569, 570, 572 del Código Procesal Penal.

El hecho tuvo lugar el 08 de septiembre de 2.022, alrededor de las 21:30, cuando el condenado de 29 años, ingresó a una vivienda ubicada en B° Juan Melis, se dirigió hacia una galería y desde allí se apoderó de una plancha para el cabello y un secador de cabello, situación que fue advertida por una vecina quien alertó a la propietaria, por lo que ésta, con la ayuda de su hijo, salieron y lograron demorar a Néstor E. A. hasta la llegada de personal policial.

Juicio abreviado

Se procede a un juicio abreviado, cuando el imputado admite el hecho que se le atribuye, consiente la aplicación de este procedimiento, y la pena acordada no supera Ios seis (6) años de privación de libertad o se trate de otra especie de pena.

Es un procedimiento legal y válido para dictar una sentencia, sea o no condenatoria; para el cual debe existir un acuerdo entre: un representante del Ministerio Público fiscal, el imputado y su defensor (público o privado) y la Querella si la hubiere.

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