LA JUSTICIA LE ORDENÓ A UN HOMBRE REALIZAR TRATAMIENTO PSICOLÓGICO DE CONTROL DE IRA

DRA KARINA DANIELA CABRAL 3

En la sala unipersonal de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial, la jueza Dra. Karina Daniela Cabral, resolvió condenar a José R. O. a la pena de diez meses prisión de cumplimiento condicional, por hallarlo culpable del delito de “Lesiones Leves en situación de flagrancia”. Entre las condiciones, la Magistrada le ordenó realizar un tratamiento psicológico de control de ira.

Al tratarse de una pena condicional, la Jueza determinó que el condenado, deberá respetar por el término de dos años, una serie de reglas de conductas, entre las que se destacan: abstenerse de cometer nuevos hechos delictivos; abstenerse de acercarse al domicilio donde se cometió el hecho; adoptar un oficio, arte o profesión, culminar los estudios primarios y secundarios si no los tuviere; realizar un tratamiento psicológico de control de ira y acreditar su cumplimiento mediante presentación de certificación correspondiente.; realizar trabajos no remunerados a favor del Estado o de instituciones de bien público, en el lugar que determine el Juzgado de Ejecución Penal, durante cuatro horas semanales.

El hecho que motivó las actuaciones, se produjo el 12 de noviembre de 2.021, cerca de las 14:00, oportunidad en la que José R. O. de 58 años, circulaba en un automóvil marca KIA con un tráiler remolque liviano en el que trasladaba residuos, cuando estacionó frente a un terreno ubicado en barrio Altos del Sol, descendió del vehículo y arrojó la basura. En ese momento, fue observado por el propietario del terreno, quien se acercó a él y le reclamó por su accionar. Tras una discusión, el condenado ingresó al rodado y lo atropelló con la parte delantera del automóvil, provocando que el damnificado impactara su cuerpo contra el capot y el parabrisas. Posteriormente, el hijo de la víctima intervino y logró demorar a José R. O. hasta la llegada de personal policial.

Cabe mencionar que, producto del impacto, el propietario del terreno resultó con politraumatismos, pérdida de conocimiento, traumatismo facial (múltiples equimosis en pómulo izquierdo, con herida cortante en mentón, herida cortante en cuero cabelludo), por lo que debió ser trasladado al nosocomio local donde quedó internado en observación.

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