SENTENCIARON A UN HOMBRE A TRES AÑOS DE PRISIÓN CONDICIONAL POR TRES HECHOS DELICTIVOS

dr. chamia jorge

Mediante un juicio abreviado, el juez Dr. Jorge Gamal Abdel Chamía a cargo de la sala unipersonal de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial, declaró autor penalmente culpable y responsable a Ramallo Roque Ernesto José de los delitos de “Hurto, Robo Calificado por Efracción y Hurto -Tres Hechos-, en Concurso Real, en flagrancia”, y lo condenó a la pena de prisión de tres años de cumplimiento condicional.

A raíz de lo dispuesto con anterioridad, el Magistrado estableció como condiciones de la condena en suspenso, las reglas de conducta que debe cumplir por el término de cuatro años, conforme lo establece el artículo 27 bis del Código Penal, entre ellas: abstenerse de consumir estupefacientes y no abusar de bebidas alcohólicas; adoptar oficio, arte, industria o profesión, adecuado a sus capacidades; y completar la educación primaria y secundaria si no las tuviere; realizar trabajos no remunerados en institución pública o comunitaria por el término de dos años; prohibición de acercamiento al domicilio de las víctimas, en un radio de 200 metros, lugar de trabajo y lugares frecuentes recreativos de las mismas; prohibición, por el término de un año y seis meses, a salir de su domicilio los fines de semana (entre los días viernes a lunes), a deambular por las calles o a asistir a espectáculos públicos bailables o de fiestas de acceso público o privado donde se consuman bebidas alcohólicas, salvo que se trate de eventos de su familia, para lo cual deberá concurrir por la Comisaría correspondiente a su domicilio, a exponer el lugar de asistencia y la hora que regresará a su hogar.

Cabe mencionar que, la delegación policial deberá designar a un oficial de forma permanente, por el término de la condición, para que controle el fiel cumplimiento de la imposición del Tribunal.

Detalle de los hechos:

El primer delito se produjo el 02 de octubre de 2.020 a horas 18:50 aproximadamente, en la playa de estacionamiento de un supermercado ubicado en barrio Juan Facundo Quiroga. Allí, Ramallo de 24 años, ingresó uno de sus brazos por la ventanilla de un automóvil Remis marca Fiat Siena y se apoderó de un (1) teléfono celular táctil, marca Samsung, pero fue observado por el damnificado quien comenzó a perseguirlo y en el camino dio aviso a un móvil policial, el cual logró su aprehensión cerca del lugar.

El segundo hecho, fue cometido el 13 de diciembre de 2.020, cerca de las 19:00, oportunidad en la que el condenado rompió un alambrado perimetral para entrar a una en vivienda ubicada en B° Finca del Velazco, desde donde sustrajo una bicicleta marca “Raleigh” rodado 27/2 e intentó darse a la fuga, pero una persona que observó la situación lo demoró antes de que pueda huir con el elemento.

El último hecho fue consumado el 15 de enero de 2.021, alrededor de las 20:35, en circunstancias en que Ramallo y Ramón Hernán Barrios Romero de 28 años, se detuvieron fuera de un local comercial dedicado a la venta comidas, situado en barrio Juan Domingo Perón, cuando uno de ellos ingresó al negocio y se apoderó de una (1) riñonera camuflada que contenía la suma de $4.160 (cuatro mil ciento sesenta pesos), para luego darse a la fuga corriendo. No obstante, el damnificado inició una persecución, logrando demorarlos en barrio Cochangasta.

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