SUSPENDEN JUICIO A PRUEBA A FAVOR DE ACUSADO POR TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE FUEGO

Dra. Sara L. D. 2

La jueza Dra. Sara Alicia López Douglas, a cargo de la sala unipersonal de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial, resolvió suspender el Juicio a Prueba en favor de Gastón E. C. Esteban Carrizo por el delito de “Tenencia Ilegal de arma de Fuego”, previsto en los artículos 189 bis, inciso 2 del Código Penal y 321 y 322 del Código Procesal Penal.

Al respecto, la Magistrada determinó como término de suspensión del juicio el de dos años, según artículo 76 bis del CP y 11 Ley 8.661. En consecuencia, el acusado deberá cumplir las siguientes condiciones: 1) Fijar residencia, en esta ciudad, debiendo comunicar cualquier cambio de la misma al Juzgado de Ejecución Penal; 2) Someterse al cuidado del Patronato de Liberados, debiendo concurrir al mismo del 1 al 10 de cada mes; 3) Abstenerse de cometer nuevos hechos delictivos; y 4) realizar trabajos no remunerados a favor del Estado o de instituciones de bien público, fuera de sus horarios habituales de trabajo, cuatro horas semanales, en el lugar que determine el juzgado de ejecución penal

El hecho por el que se lo acusa se produjo el 28 de abril de 2.020, a horas 04:30 aproximadamente, cuando Gastón E. C., a bordo de un automóvil, estacionó el vehículo en avenida 12 de Octubre, y al ser observado en actitud sospechosa por personal policial intentó darse a la fuga a pie, pero los uniformados lograron demorarlo, lo entrevistaron y realizaron una inspección ocular en el interior del vehículo, logrando observar que debajo del asiento trasero se encontraba un (1) arma de fuego calibre 22 con un cargador que contenía once (11) cartuchos a bala, por lo que fue aprehendido y trasladado a sede policial de Comisaria Segunda.

Cabe aclarar que, el imputado puede solicitar la suspensión del juicio a prueba si el máximo de la pena de reclusión o prisión aplicable no excediese de tres años. En el caso en que se la concedieren, deberá abandonar en favor del Estado, los bienes que presumiblemente resultarían decomisados en caso que recayera condena.

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