CONCLUYÓ JUICIO POR ABUSO SEXUAL Y PROMOCIÓN DE CORRUPCIÓN DE MENORES CALIFICADO

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El Tribunal de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial, presidio por la jueza Dra. Edith Elizabeth Agüero, acompañada por los vocales Dres. Rodolfo Ramón Ortiz Juárez y Gustavo Farías, realizaron la última audiencia del juicio en contra de Silvio E. A. acusado de los delitos de “Abuso sexual con acceso carnal y Promoción de Corrupción de Menores Calificado en Concurso Ideal”, previstos y penados en los artículos 119, 1° y 3° párrafo, 125 1° y 2° párrafo y 54 del Código Penal.

Al haber finalizado la etapa probatoria, el Tribunal dio lugar a los alegatos, otorgándole la palabra en primer término al representante del Ministerio Público Fiscal, Dr. Rafael López, quien repasó las pruebas presentadas en el proceso y las circunstancias en las que se dieron los hechos. En ese contexto, sostuvo que los testimonios fueron coincidentes y los informes médicos y psicológicos se correspondieron con el relato de la víctima. Por tal motivo, al considerar que se acreditó la materialidad y autoría de los delitos, el Fiscal solicitó la pena de 12 años de prisión de cumplimiento efectivo y pidió que se declare el hecho como violencia contra la mujer.

Seguidamente, la defensora de Niños, Niñas y Adolescentes del Ministerio Público Pupilar, Dra. Clara Torres, adhirió en su totalidad a los alegatos esgrimidos por la Fiscalía; en tanto que la Querella, representada por la Dra. Maricel Fretes y Dr. Julio Páez De la Vega, hicieron hincapié en que los hechos se perpetuaron en el tiempo, entre los 2 a 6 años de la niña, a raíz de las “artimañas” que el imputado utilizó para concretarlos, como otorgarle regalos y golosinas de manera regular, aprovechándose de la indefensión de la menor. Asimismo, recalcaron que la víctima, que actualmente tiene 12 años, continúa padeciendo problemas psicológicos, trastornos nocturnos y conflictos escolares, a consecuencia de los abusos sufridos.

Finalmente, la abogada defensora, Dra. Guadalupe Azcurra, argumentó que, durante el proceso, no se logró la certeza suficiente para condenar a su defendido; en este sentido, recalcó que el informe médico y testimonio del profesional, no otorgan plena certeza de la existencia de penetración, por lo que no se probó el acceso carnal, y señaló que durante la Instrucción hubo deficiencias probatorias; con lo cual pidió que se haga valer el principio de In dubio pro reo y se absuelva a su cliente.

El hecho:

El hecho denunciado se habría perpetrado el 26 de marzo de 2019 alrededor de las 19:30 aproximadamente, en una vivienda, propiedad del acusado, donde éste, habría aprovechado la indefensión de la víctima (menor de 6 años de edad al momento de los hechos), la cual se encontraba recostada en una cama jugando con una Tablet, y allí la habría sometido a tocamientos y accedido carnalmente.

Además, Silvio E. A. habría expuesto a la niña a videos con contenidos sexuales.

La niña, mantenía una relación diaria con el imputado, quien era su vecino y amigo íntimo de la familia.

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