LA JUSTICIA CONDENÓ A UN HOMBRE A 23 AÑOS DE PRISIÓN POR HOMICIDIO SIMPLE AGRAVADO

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El Tribunal de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial con sede en Capital, presidido por la Jueza Dra. Sara Alicia López Douglas, junto a la vocal primera, Dra. Edith Elizabeth Agüero y vocal segunda, Dra. Karina Cabral, resolvió declarar a Enzo L. N. autor penalmente culpable y responsable del delito de “homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego” previsto y penado en los artículos79 y 41 Código Penal , y condenarlo a la pena de 23 años de prisión de cumplimiento efectivo. Cabe recalcar que se trata de una sentencia con perspectiva de género, ya que las Magistradas añadieron consideraciones en este sentido, al tener en cuenta la situación por la que atravesó la exesposa del acusado. 

 

En la sala de la Asociación de Magistrados y con la presencia del abogado querellante, Dr. José Nicolás Azcurra, el representante del Ministerio Público Fiscal (MPF), Dr. Rafael López, y la Defensa a cargo de los Dres. Héctor Martínez y Ángel Luna, la secretaria de la Cámara, Dra. Ana Sofía Bracamonte, dio lectura a la sentencia emanada por dicho Tribunal.

En ese marco, quedó en evidencia que las juezas tuvieron en cuenta el contexto de violencia de género que sufrió la ex esposa del Sr. Enzo L. N., quien no le permitía rehacer su vida lejos de él, la cual no fue tenida en cuenta por parte de los representantes del MPF, lo que imposibilitó al Tribunal a considerar el presente hecho en la figura del artículo 80 inciso 12 del Código Penal.

Sin perjuicio de ello, a pesar de haber estado limitado en la aplicación del homicidio transversal, el Tribunal visibilizó el caso como sospechoso de género, teniendo en cuenta además las aseveraciones de los defensores, que buscaron responsabilizar a la Sra. M. de la conducta del acusado demostrando una visión androcéntrica, por ello, recomendó al abogado defensor que efectué capacitaciones en perspectiva de género.

Asimismo, ordenó el tratamiento psciológico contínuo y permanente del condenado durante el término de privación de la libertad, el cual será supervisado por el Juez de Ejecución Penal.

Cabe señalar que, el hecho se produjo el día 24 de marzo de 2018 cerca de las 23:30, cuando Enzo L. N., desde su automóvil le disparó a la víctima Julio V. quien iba en su vehículo particular con la Sra. M., ex esposa del condenado, luego de una persecución por las calles de la ciudad y aprovechando la luz roja de un semáforo en la intersección de calle Viamonte y Av. Félix de la Colina del Barrio Federación.

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