CHILECITO: ORDENAN MEDIDAS DE PROTECCIÓN A UNA MUJER VÍCTIMA DE LESIONES LEVES AGRAVADAS.

dra virginia illanes bordon

El Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional Nº 2, de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la Ciudad de Chilecito a cargo de la Dra. Virginia Illanes Bordón, resolvió ordenar medidas de protección de personas a una víctima del delito de Lesiones Leves Agravadas por la preexistencia de una relación de pareja, previsto y penado por los artículos 89 y 92 en relación al artículo 80 inciso 1º del Código Penal Argentino.

Por su parte, la Magistrada con la medida señala que esta situación representa un claro caso de violencia contra la mujer, resultando de aplicación, las medidas preventivas prevista por la Ley 26.485 (Ley de Protección Integral a las Mujeres), por tal motivo y conforme lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley 26.485, se le imponen al imputado dichas medidas, con el fin de evitar que el hecho se repita o pase a mayores, por lo que es imprescindible y urgente, como tutela judicial efectiva, la disposición de las medidas cautelares de protección de personas.

El hecho que se imputa fue formulado bajo denuncia en la Comisaria Segunda de dicha localidad, por una ciudadana quien relató que mantenía una relación sentimental con un ciudadano desde hace 11 años, de la cual nacieron dos hijos, actualmente menores de edad. Asimismo, la víctima expuso que el 25 de diciembre de 2020 en horas del mediodía se encontraba junto a sus hijos en su domicilio ubicado en un Barrio del sector norte de la Ciudad, y es en ese momento que el denunciado ingreso a la vivienda, sin autorización, haciéndolo por la ventana de una de las habitaciones, queriendo llevarse a los niños por la fuerza, agrediendo verbal y físicamente a la progenitora y propinándole un golpe con el píe. Todo esto suscitó a que la mujer realizara la correspondiente denuncia y buscara el amparo de la ley a través del foro de justicia de Chilecito.

Por último, al querer notificar al imputado de las medidas restrictivas, mediante citación policial, familiares informan que el mismo había cambiado de domicilio, y al no obrar comunicación de dicha situación por su parte, a al amparo de la Ley y de conformidad a los elementos probatorios obrantes en el expediente, la Magistrada interviniente resuelve ordenar la inmediata detención del imputado por el hecho que se le atribuye, y para llevar a cabo dicha medida se ordena el allanamiento en los domicilios denunciados.

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