Información del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines de Adopción de la Provincia de La Rioja

 

El Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines de Adopción de la Provincia de La Rioja (en adelante R.U.A.G.A.-L.R.), comienza a funcionar el día 07/06/1.996 con la apertura del libro destinado al Registro de Postulantes a Adopción, perteneciente a la Secretaría Civil y Asistencial del Juzgado de Menores de la 1ra. Circunscripción Judicial de la Pcia. de La Rioja, realizado por la Mgtr. Rosa Elvira María, Manfredini de Juárez, con la orden de la Dra. Guzmán Loza, primera Jueza de Menores.
En el año 2.007, y a través del Acuerdo T.S.J. Nº 140/2.007, se formaliza su creación, ante las exigencias de las normativas nacionales en adopción. Ley Nacional Nº 25.854/2.004 (Decreto Reglamentario Nº 1328/2.009 -última modificación-), creación del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines de Adopción, a donde invita a las provincias a adherirse a la presente ley. En consecuencia, La Rioja adhiere mediante la Ley Prov. Nº 7.897/2.005, a donde establece en su art. 2 que será el Tribunal Superior de Justicia, mediante Acordada, el que determinará cuál será el órgano local de aplicación con facultades para admitir o rechazar las inscripciones y comunicar las novedades producidas en los listados llevados por la jurisdicción, e indicar cuál es el órgano superior competente de la jurisdicción a los efectos previstos en el artículo 9° de la Ley N° 25.854.-
En este sentido, la Función Judicial, mediante Acuerdo Nº 140/2.007: cumple con las previsiones mencionadas en la Ley Pcial. Nº 7.897.
Posteriormente, a través de Acuerdo Nº 103/2.009: se designa como representante permanente en el Consejo Consultivo de la Dirección Nacional de Registros Únicos de Adoptantes, al Sr. Juez de Menores, Dr. Carlos Hugo De la Fuente, actualmente jubilado, y como suplente, a la Mgtr. Rosa Manfredini de Juárez, lo cual fue modificado mediante Acuerdo Nº 99/2.023: designando como representante permanente en el Consejo Consultivo de la Dirección Nacional de Registros Únicos de Adoptantes, a la Sra. Jueza de Menores Transitoria, Dra.  Alicia Nicolasa de las Mercedes Valdez, y como suplentes, a las Lic. Brenda Venecia Andrada y Silvina Belén Díaz.-
En la actualidad y conforme al nuevo paradigma vigente tanto en materia de derechos humanos, infancias y adopciones es que a partir del día 07 de Septiembre del corriente año, mediante Acuerdo N° 766/2023, se aprueba el proyecto de reestructuración del RUAGA - LA RIOJA, el que tendrá rango de Dirección y dependerá directamente del Tribunal Superior de Justicia.

El R.U.A.G.A. - La Rioja (Registro Único de Aspirantes a Guardas con fines de Adopción), tiene como objetivo principal restituir el Derecho Humano a vivir en familia a niños, niñas y/o adolescentes sin cuidados parentales que, por diversos motivos, se encuentran declarados en situación de adoptabilidad judicial.

La modalidad de trabajo institucional e interdisciplinaria considera cotidianamente en cada intervención, implementar los más altos estándares en cuanto a derechos humanos y respecto de la inclusión progresiva de NNA a familias adoptivas, mejorando de este modo su calidad de vida de manera permanente.

  • Centralizar, procesar, sistematizar, administrar y registrar la información relativa a los procesos de adopciones y mantenerla actualizada, como así también facilitar el acceso a la información sobre la identidad de origen de aquellas personas que hayan sido adoptadas por procesos judiciales y así lo requieran.
  • Confeccionar y administrar las nóminas de niños, niñas y adolescentes en situación de adoptabilidad; en guardas con fines adoptivos (otorgamiento y revocaciones) y de adopciones conferidas; de postulantes a guardas con fines de adopción (Nómina de Postulantes); de aquellas personas con denegatoria de inscripción por proyectos no viables; de quienes han sido parte de procesos excluyentes y de guardas de hecho constatadas en el Registro.
  • Fomentar espacios de trabajo para la articulación interinstitucional entre organismos vinculados  a los procesos de adopciones, función judicial, organismo administrativo de protección, instituciones educativas, de salud, dispositivos de cuidados transitorios, entre otros.
  • Acompañar, formar/informar y orientar a las familias postulantes durante el proceso de inscripción, transformándolo en un proceso de construcción y  búsqueda de compatibilidad adoptiva y mientras atraviesan el periodo de la guarda pre adoptiva.
  • Promover espacios de trabajo articulado e interinstitucional entre los organismos corresponsables que participan en los procesos de adopciones (RUAGA y Organismo Administrativo de Protección).
  • Coordinar el desarrollo de talleres formativos, informativos, de orientación y sensibilización a los fines de la preparación de aspirante/s y postulante/s a la adopción.
  • Difundir a la comunidad en general, información relativa a la normativa vigente de los procesos de adopciones.
  • Tramitar las convocatorias públicas locales y nacionales de postulantes a guardas con fines adoptivos y/u otras figuras de cuidado en las que estén involucrados niños, niñas y adolescentes que presentan perfiles complejos o se constituyan en grupos de riesgo o en situaciones de vulnerabilidad.
  • Cooperar con la DNRUA en las campañas nacionales de convocatorias públicas, difusión de las funciones, fines y metas de la red de registros; concientización y virtudes del sistema informático existente.

La adopción es un proceso complejo y multidimensional (psico - socio - jurídico) en el que interactúan una diversidad de actores e instituciones. Por tal motivo, el proceso de inscripción para aquellas personas interesadas en adoptar implica necesariamente atravesar en primer lugar, instancias de encuentros informativos y formativos bajo la modalidad de talleres grupales (virtual y presencial), los cuales son de carácter obligatorio previo a la búsqueda de requisitos jurídicos/administrativos para la conformación del legajo de postulante, ya que el proceso de inscripción no se reduce a un mero trámite, sino más bien es un proceso dinámico de co-construcción entre las familias y el ETIA (Equipo Técnico Interdisciplinario de Adopción).
Estos espacios de intercambio y reflexión son necesarios para poder derribar mitos, prejuicios y representaciones sociales que giran en torno al proceso de adopción en nuestro país. Al mismo tiempo permite brindar información y elementos significativos acorde a la perspectiva de los derechos humanos y desde el paradigma emergente de los procesos de adopciones, posibilitándoles a las familias interesadas definir su proyecto adoptivo y, principalmente avanzar o no, sobre una decisión responsable, libre e informada.
Podrán solicitar la inscripción aquellas personas que reúnan los requisitos que dispone el Código Civil y Comercial de la Nación; matrimonios, uniones convivenciales o una única persona, mayores de veinticinco años de edad, excepto que su cónyuge o conviviente, (que adopta conjuntamente), cumpla con ese requisito y que tengan residencia permanente en el país por un periodo mínimo de cinco años anteriores a la petición de la guarda con fines de adopción.

IMPORTANTE: El R.U.A.G.A. - La Rioja, al integrar la RED FEDERAL DE REGISTROS,  realiza ÚNICAMENTE la inscripción a personas residentes de la provincia. Cabe aclarar que el proceso de inscripción es personal, gratuito y no requiere del patrocinio letrado de un abogado/a. -

DEPENDENCIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Y JUZGADO DE MENORES, actualmente por medio de la Jueza de Menores transitoria, Dra. Alicia de las Mercedes Valdez.

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Calle San Martín N°217, 2° piso.

¿QUÉ SON LOS LLAMADOS A INSCRIPCIÓN ESPECÍFICOS?

Llamado a Inscripción Provincial

Los Registros de adopciones de todo el país, utilizan diversas estrategias para lograr la integración familiar de niños, niñas y/o adolescentes (NNA) sin cuidados parentales y declarados en situación de adoptabilidad, ya sea por vías de la adopción o a través de figuras análogas de cuidado como por ejemplo la guarda y/o tutela.
El RUAGA - LR, incorpora como recurso significativo los “llamados a inscripción específicos”, como una estrategia de búsqueda ante la actual ausencia de familias inscriptas en el presente Registro que puedan adecuarse a las características y necesidades de algún NNA en particular.

Es una modalidad de búsqueda focalizada y alternativa para dar respuesta a perfiles de NNA específicos, que se implementa a partir de haber identificado la ausencia de familia con disponibilidad adoptiva, características y recursos compatibles y acordes a ese NNA determinado que se encuentra a la espera de una familia. En este sentido y con la finalidad de ampliar sus posibilidades de permanencia en la provincia respetando así su centro de vida, es que inicialmente el RUAGA difunde por diversos medios de comunicación locales un llamado a inscripción específico, abierto a toda la comunidad riojana.

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¿QUÉ SON LAS BÚSQUEDAS DE FAMILIAS POR CONVOCATORIAS PÚBLICAS?

¿Que son las  búsquedas de familia por convocatoria pública?

Los Registros de Adopción tienen distintas modalidades de búsqueda de familias para niños, niñas y/o adolescentes (NNA) sin cuidados parentales y declarados judicialmente en situación de adoptabilidad. Las Convocatorias Públicas son una estrategia de búsqueda que se constituyen en la última instancia. Son llamados abiertos a la comunidad a fin de receptar a aquellas personas que se ofrecen para incorporar a sus familias a NNA en calidad de hijos e hijas por vías de la adopción y/o constituirse en referentes afectivos. Estas personas pueden o no estar inscriptas previamente en algún Registro de Adoptantes y pueden residir en cualquier provincia de nuestro país.

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LA JUSTICIA INFORMÓ DE EXISTOSA CONVOCATORIA PARA ADOPCIÓN DE UN BEBE

 Dra Alicia Valdez

El Juzgado de Menores, de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de La Rioja, a cargo de la Sra. Jueza de Menores Transitoria, Dra. Alicia Valdez y en actuaciones tramitadas en la Secretaria Civil y Asistencial  A, hizo lugar a la demanda de adopción plena unipersonal del bebé “N” de nueve meses de edad en la actualidad, para quien se realizó una convocatoria pública provincial en búsqueda de postulantes para su adopción en el mes de junio del corriente año. La peticionante, Sra. C.A.D.T., se presentó a esa convocatoria y fue evaluada paralelamente a 7 familias más, y resultó seleccionada, habiéndose identificado en ella y el bebe una compatibilidad adoptiva para iniciar un periodo de vinculación que comenzó de inmediato, mientras el niño estaba internado en Unidad de Terapia Intensiva Pedíatrica del Hospital de la Madre y el Niño.

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