ARCHIVO JUDICIAL
La Directora del Archivo Judicial solicita que se envié todo el material en condiciones de ser archivado, dentro de los plazos establecidos por la Ley, es decir hasta el 30 de junio próximo.
En el caso de expedientes paralizados, deben enviarlos de acuerdo en las condiciones que establece el inc. 2º del art. 157 de la L.O.P.J.. “Los paralizados deberán enviarse al Archivo con noticia a las partes”, para evitar inconvenientes.

















