LA JUSTICIA CONDENÓ A UN HOMBRE A PRISIÓN EFECTIVA

dra sara L. D. febrero 2023 2

La jueza Dra. Sara Alicia López Douglas, a cargo de la sala unipersonal de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial, hizo lugar a un juicio abreviado, por medio del cual, resolvió condenar a Leandro O. R. a la pena de prisión de un año y dos meses de cumplimiento efectivo, por ser considerado culpable del delito de “Robo en Flagrancia”, previsto en el artículo 164 del Código Penal.

Cabe señalar que, el condenado tenía pedido de captura y detención de Buenos Aires, desde el 21 noviembre 2022; además registra otra condena con fecha del 1 diciembre de 2022, por lo que está pendiente una unificación de penas, por lo que el resultado del presente juicio y condena impuesta, será remitido al Tribunal Oral en lo Criminal N° 8 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Secretaría Única, ubicado en la provincia de Buenos Aires, para que, luego de la unificación de penas correspondiente, se haga cumplir la pena aquí impuesta en aquella jurisdicción.

El hecho por el cual fue condenado en esta oportunidad, ocurrió el 19 de noviembre de 2.022, cerca de las 15:30, cuando Leandro O. R. de 27 años, junto a Giuliana R. de 20, se contactaron vía redes sociales con la víctima, un hombre de 29 años de edad, con quien acordaron encontrarse en la vivienda de este último, situada en barrio Vial. Una vez en su domicilio, comenzaron a ingerir bebidas alcohólicas y, en un momento dado, le suministraron un psicofármaco al damnificado, provocando que éste se durmiera, ocasión que aprovecharon para apoderarse de varios elementos, tales como (01) un teléfono celular marca moto G7; (01) un equipo de música marca Sanyo;(01) una computadora notebook, marca Dell, de color negro;(01) una computadora notebook marca NBX de color negro; (03) tres relojes de mano; (02) dos Auriculares; (02) un tensiómetro eléctrico; (01) una bicicleta rodado 29 marca SLP; (08) Figuras de DC; (02) mates y (01) termo, para luego darse a la fuga del lugar.

Según el Código Procesal de La Rioja, el juicio abreviado tiene lugar cuando el imputado admite el hecho que se le atribuye, consiente la aplicación de este procedimiento, y la pena acordada no supera Ios seis (6) años de privación de libertad o se trate de otra especie de pena.

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